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Resolución

Resolución 4726

DEL CONGRESO NACIONAL, QUE ATORIZA A ERIGIR UN BUSTO DEL ILUSTRE BENEFACTOR Y PADRE DE PATRIA NUEVA, DR. RAFAEL L. TRUJILLO MOLINA, EN EL MUNICIPIO DE GUERRA.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
27 jul de 1957fecha
Otrastipo
G. O. 8147Gaceta Oficial del 1 ene de 1957
Congreso Nacionalórgano

Texto

Texto de la norma
DADA en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los trece días del mes de julio de mil novecientos cincuenta y siete, Años 114° de la Independencia, 94° de la Restauración y 28° de la Era de Trujillo. HECTOR B. TRUJILLO MOLINA. Resolución No. 4726, del Congreso Nacional, que autoriza a erigir un busto del Ilustre Benefactor y Padre de la Patria Nueva, Dr. Rafael L. Trujillo Molina en el Municipio de Guerra.—G. O. No. 8147 del 27 de Julio de 1957 EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República NUMERO 4726 VISTA la solicitud que por medio de la Secretaría de Estado de Educación y Bellas Artes ha dirigido al Congreso Nacional el Comité Pro-Busto del Generalísimo Doctor Rafael L. Trujillo Molina, de Guerra, Distrito Nacional, para que se le autorice a erigir un busto del Ilustre Benefactor de la Patria y Padre de la Patria Nueva en el parque "José Trujillo Valdez", de dicha localidad. VISTA la ley sobre erección de estatuas y monumentos públicos N° 638 del 23 de junio del 1944, publicada en la Gaceta Oficial N° 6102 del 28 de junio del 1944, modificada por la Ley N° 1687 del 16 de abril de 1948, publicada en la Gaceta Oficial N° 6783 del 23 de abril del 1948. RESUELVE: ARTICULO UNICO: Autorizar al Comité Pro-Busto del Generalísimo Doctor Rafael L. Trujillo Molina, de Guerra, Distrito Nacional, a erigir un busto del Ilustre Benefactor de la Patria y Padre de la Patria Nueva en el parque "José Trujillo Valdez, de dicha localidad, como justiciero homenaje de cariño y lealtad de los habitantes de ese Municipio. DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, Palacio del Congreso Nacional, en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los nueve días del mes de julio del año mil novecientos cincuenta y siete; Años 114° de la Independencia, 94° de la Restauración y 28° de la Era de Trujillo. Carlos Sánchez i Sánchez, Presidente. Pablo Otto Hernández, Secretario. Rafael Uribe Montás, Secretario. DADA en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los once días del mes de julio del año mil novecientos cincuenta y siete; Años 114° de la Independencia, 94° de la Restauración y 28° de la Era de Trujillo. Porfirio Herrera, Presidente. Ml. Joaquín Castillo C., Secretario. Julio A. Cambier, Secretario. HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 54 inciso 2°, de la Constitución de la República; PROMULGO la presente Resolución, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento. DADA en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los trece días del mes de julio de mil novecientos cincuenta y siete, Años 114° de la Independencia, 94° de la Restauración y 28° de la Era de Trujillo. HECTOR B. TRUJILLO MOLINA. Resolución No. 4727, del Senado, que aprueba nombramiento diplomático. G. O. No. 8166 del 20 de Septiembre de 1957. EL SENADO DE LA REPUBLICA DOMINICANA

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona