Texto de la norma
NUMERO 4696.
VISTOS los Acápites 2 y 19 del artículo 38 de la Constitución de la República Dominicana, y el Acápite 2 del artículo 78 de la misma;
VISTO el resultado del examen hecho de los actos del Poder Ejecutivo durante el año 1956, contenidos en el Mensaje depositado ante el Congreso Nacional por el Presidente de la República y en las Memorias de los Secretarios de Estado que lo acompañan, el 27 de febrero de este año;
VISTO El Estado de Ingresos y Egresos consolidados y demostración del superávit económico de todos los Fondos del Presupuesto de 1956, al cierre de las operaciones del 31 de diciembre de 1956, sometido al Congreso por el Presidente de la República con su Mensaje Nº 8130 de fecha 2 de mayo del año 1957;
VISTO el informe sometido por la Cámara de Cuentas de la República, relativo al Estado de Recaudación e Inversión de las Rentas Fiscales durante el año 1956;
CONSIDERANDO: Que todos los actos realizados por el Poder Ejecutivo durante el año 1956, así como la recaudación e inversión de la rentas Nacionales, se han ajustado a la Constitución y las Leyes;
RESUELVE:
Art. 1.—Aprobar todos los actos realizados por el Poder
Ejecutivo durante el año 1956, por ser ajustados a la Constitución y las Leyes.
Art. 2.—APROBAR igualmente, con vista del informe presentado por la Cámara de Cuentas, el Estado de Recaudación e Inversión de las Rentas Fiscales durante el año 1956.
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, Palacio del Congreso Nacional, en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiocho días del mes de mayo del año mil novecientos cincuenta y siete; años 114° de la Independencia, 94° de la Restauración y 28° de la Era de Trujillo.
Carlos Sánchez i Sánchez,
Presidente.
Pablo Otto Hernández,
Secretario.
Rafael Uribe Montás,
Secretario.
DADA en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintinueve días del mes de mayo del año mil novecientos cincuenta y siete; años 114° de la Independencia, 94° de la Restauración y 28° de la Era de Trujillo.
Porfirio Herrera,
Presidente.
Manuel Joaquín Castillo C.,
Secretario.
Julio A. Cambier,
Secretario.
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 54 inciso 2°, de la Constitución de la República;
PROMULGO la presente Resolución, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los treintiún días del mes de mayo de mil novecientos cincuenta y siete, años 114° de la Independencia, 94° de la Restauración y 28° de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
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