Texto de la norma
DADA en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veintisiete días del mes de mayo de mil novecientos cincuenta y cinco, Año del Benefactor de la Patria, 112º de la Independencia, 92º de la Restauración y 26º de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
Resolución Nº 4162, del Congreso Nacional, que aprueba los Actos realizados por el Poder Ejecutivo durante el año de 1954, así como el Estado de Recaudación e Inversión de las Rentas Fiscales durante el mismo año.
G.O. Nº 7839, del 1º de junio de 1955.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
NUMERO 4162.
VISTO el artículo 33 de la Constitución de la República, atribuciones segunda y vigésima del Congreso Nacional;
VISTO el resultado del examen hecho de los actos del Poder Ejecutivo durante el año 1954, contenidos en el Mensaje depositado ante el Congreso Nacional por el Presidente de la República y en las Memorias de los Secretarios de Estado que lo acompañan, el 27 de Febrero de este año;
VISTO el Estado de Ingresos y Egresos consolidados y demostración del superávit económico de todos los Fondos del Presupuesto de 1954, al cierre de las operaciones al 31 de diciembre de 1954, sometido al Congreso por el Presidente de la República con su Mensaje Nº 8310 de fecha 21 de mayo de 1955;
VISTO el informe sometido por la Cámara de Cuentas de la República relativo al Estado de Recaudación e Inversión de las Rentas Fiscales durante el año 1954;
CONSIDERANDO: que todos los actos realizados por el Poder Ejecutivo durante el año 1954, así como la recaudación e inversión de las rentas nacionales, se han ajustado a la Constitución y las Leyes;
RESUELVE:
Art. 1.—APROBAR todos los actos realizados por el Poder Ejecutivo durante el año 1954, por ser ajustados a la Constitución y las Leyes.
Art. 2.—APROBAR igualmente, con vista del informe presentado por la Cámara de Cuentas, el Estado de Recaudación e Inversión de las Rentas Fiscales durante el año 1954.
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DADA en la Sala de Sesiones del Palacio del Senado, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veinticuatro días del mes de mayo del año mil novecientos cincuenta y cinco; Año del Benefactor de la Patria; años 112° de la Independencia, 92° de la Restauración y 26° de la Era de Trujillo.
Mario Fermín Cabral,
Vicepresidente en funciones.
Julio A. Cambier,
Secretario.
José García,
Secretario.
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veintiséis días del mes de mayo del año mil novecientos cincuenta y cinco; Año del Benefactor de la Patria; años 112° de la Independencia, 92° de la Restauración y 26° de la Era de Trujillo.
Los Secretarios:
Pablo Otto Hernández.
Virgilio Hoepelman.
El Presidente:
Porfirio Herrera.
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3°, de la Constitución de la República;
PROMULGO la presente Resolución, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veintiocho días del mes de mayo de mil novecientos cincuenta y cinco, Año del Benefactor de la Patria, 112° de la Independencia, 92° de la Restauración y 26° de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
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