Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.
Texto de la norma
la Patria, años 112º de la Independencia, 92º de la Restauración y 25º de la Era de Trujillo.
El Presidente:
Porfirio Herrera.
Los Secretarios:
Pablo Otto Hernández.
Virgilio Hoepelman.
DADA en la Sala de Sesiones del Palacio del Senado, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los doce días del mes de abril del año mil novecientos cincuenta y cinco; Año del Benefactor de la Patria, 112º de la Independencia, 92º de la Restauración y 25º de la Era de Trujillo.
Mario Fermín Cabral.
Vicepresidente.
Julio A. Cambier,
Secretario.
José García,
Secretario.
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3º de la Constitución de la República;
PROMULGO la presente Ley, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los trece días del mes de abril del mil novecientos cincuenta y cinco, Año del Benefactor de la Patria, 112º de la Independencia, 92º de la Restauración y 25º de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
Resolución Nº 4097, de la Cámara de Diputados, que aprueba la Resolución Nº 4, del Ayuntamiento de Monseñor Nouel, sobre tarifa de tasación para la venta y arrendamiento de terreno propiedad de la Común.—G.O.
Nº 7840, del 4 de junio de 1955.
LA CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA
REPUBLICA DOMINICANA
NUMERO 4097.
VISTOS los artículos 71, 72, 73, 74 y 80 de la Ley de Organización Municipal Nº 3455, del 21 de diciembre de 1952.
VISTA la Resolución Nº 4 de fecha siete del mes de marzo del año 1955, del Ayuntamiento de la Común de Monseñor Nouel, por medio de la cual y en cumplimiento de la expresada ley, ha votado una Resolución sobre tarifa de precios, venta y arrendamiento de solares y terrenos de su propiedad.
VISTO el artículo 22, párrafo 2º de la Constitución del Estado.
RESUELVE:
ARTICULO UNICO: Aprobar, como al efecto aprueba, la Resolución votada en fecha siete del mes de marzo del año mil novecientos cincuenta y cinco, por el Ayuntamiento de la Común de Monseñor Nouel, que copiada a la letra dice así:
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.