Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.
Texto de la norma
del mes de febrero del año mil novecientos cincuenta y siete; años 113° de la Independencia, 94° de la Restauración y 27° de la Era de Trujillo.
Porfirio Herrera,
Presidente.
Ml. Joaquin Castillo C.,
Secretario.
Julio A. Cambier,
Secretario.
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 54, inciso 2° de la Constitución de la República;
PROMULGO la presente Ley, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiocho dias del mes de febrero de mil novecientos cincuenta y siete, 114° de la Independencia, 94° de la Restauración y 27° de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
Resolución No. 4642, del Congreso Nacional, que aprueba un contrato suscrito entre el Estado Dominicano y el Sr. Julius Rosemberg, modificativo de un contrato anterior relativo a la venta condicional del Hotel Matum, de Santiago. G. O. No. 8101 del 15 de Marzo de 1957.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
NUMERO 4642
VISTO el inciso 2o del artículo 38 de la Constitución de la República;
VISTO el Contrato suscrito el dia dieciocho del mes de enero del año mil novecientos cincuenta y siete, intervenido entre el Estado Dominicano y el señor Julius Rosemberg, por el cual se modifica el contrato de fecha trece del mes de junio del año mil novecientos cincuenta y seis, intervenido
entre las mismas partes y relativo a la venta condicional del Hotel Matún de Santiago;
RESUELVE:
UNICO: APROBAR el Contrato suscrito el día dieciocho del mes de enero del año mil novecientos cincuenta y siete, intervenido entre el Estado Dominicano representado por el señor Juan Santoni S., Administrador General de Bienes Nacionales, y el señor Julius Rosemberg, por el cual se modifica el contrato de fecha trece del mes de junio del año mil novecientos cincuenta y seis, intervenido entre las mismas partes, y relativo a la venta condicional del Hotel Matún de Santiago, que copiado a la letra dice así:
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.