Texto de la norma
la Patria, Años 111º de la Independencia, 92º de la Restauración y 25º de la Era de Trujillo.
El Vicepresidente en funciones:
Juan Arce Medina.
Los Secretario:
Virgilio Hoepelman
Rafael Espaillat de la Mota,
Secretario ad-hoc.
DADA en la Sala de Sesiones del Palacio del Senado, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a primero del mes de febrero del año mil novecientos cincuenta y cinco; Año del Benefactor de la Patria, Años 111º de la Independencia, 92º de la Restauración y 25º de la Era de Trujillo.
M. de J. Troncoso de la Concha,
Presidente.
Julio A. Cambier,
Secretario.
José García,
Secretario.
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3º de la Constitución le la República;
PROMULGO la presente Resolución, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los dos días del mes de febrero de mil novecientos cincuenta y cinco, Año del Benefactor de la Patria, 111º de la Independencia, 92º de la Restauración y 25º de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
Resolución No. 4041, del Congreso Nacional, que autoriza a la Asociación de Periodistas de San Cristóbal a erigir una tarja conmemorativa como homenaje al Generalísimo, en la Benemérita Ciudad de San Cristóbal.—
G.O. No. 7800, del 9 de febrero de 1955.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
NUMERO 4041.
VISTA la solicitud que por medio de la Secretaría de Estado de Educación y Bellas Artes ha dirigido al Congreso Nacional la Asociación de Periodistas de la ciudad de San Cristó-
bal para que se le autorice a erigir una tarja conmemorativa ante el busto del Generalísimo Dr. Rafael Leonidas Trujillo Molina, Benefactor de la Patria en esa ciudad Benemérita.
VISTAS las leyes sobre erección de estatuas y monumentos públicos Nº 638 del 23 de junio del 1944, publicada en la Gaceta Oficial Nº 6102 del 28 de junio del 1944, modificada por la Ley Nº 1687 del 16 de abril de 1948, publicada en la Gaceta Oficial Nº 6783 del 28 de abril de 1948.
R E S U E L V E :
ARTICULO UNICO: Autorizar a la Asociación de Periodistas de la ciudad de San Cristóbal, a erigir una tarja conmemorativa ante el busto del Generalísimo Doctor Rafael Leonidas Trujillo Molina, en esa ciudad Benemérita, como homenaje de gratitud, cariño y lealtad al Máximo Protector del Periodismo.
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, al primer día del mes de febrero del año mil novecientos cincuenta y cinco; Año del Benefactor de la Patria, 111º de la Independencia, 92º de la Restauración y 25º de la Era de Trujillo.
El Vicepresidente en funciones:
Juan Arce Medina.
Los Secretarios:
Virgilio Hoepelman.
Rafael Espaillat de la Mota,
Sec. ad-hoc.
DADA en la Sala de Sesiones del Palacio del Senado, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, al primer día del mes de febrero del año mil novecientos cincuenta y cinco; Año del Benefactor de la Patria, 111º de la Independencia, 92º de la Restauración y 25º de la Era de Trujillo.
M. de J. Troncoso de la Concha,
Presidente.
Julio A. Cambier,
Secretario.
José Garcia,
Secretario.
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3º de la Constitución de la República ;
PROMULGO la presente Resolución, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los dos días del mes de febrero del mil novecientos cincuenta y cinco, Año del Benefactor de la Patria, 111º de la Independencia, 92º de la Restauración y 25º de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
Resolución Nº 4042, del Senado, que aprueba nombramientos diplomáticos.— G. O. Nº 7801, del 12 de febrero de 1955.
EL SENADO DE LA REPUBLICA DOMINICANA
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