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Abriendo la resolución…

Resolución

Resolución 111

QUE APRUEBA EL CONVENIO DE CREDITO, SUSCRITO ENTRE LA CORPORACION DOMINICANA DE ELECTRICIDAD CON LA GARANTIA DEL BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA DOMINICANA Y EL BANCO EXTERIOR DE ESPAÑA, S.A.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
15 ene de 1980fecha
Préstamo o financiamientotipo
G. O. 9521Gaceta Oficial del 1 ene de 1980
Congreso Nacionalórgano

Contraparte y monto

Contraparte
Banco Exterior de España, S. A (empresa)
Monto
US$92 millones · en el texto: «US$92,000,000.00»

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.

Texto de la norma
Resolución No. 111, que aprueba el Convenio de Crédito, suscrito entre la Corporación Dominicana de Electricidad con la garantía del Banco Central de la República Dominicana y el Banco Exterior de España, S. A. G. O. No. 9521, del 15 de enero de 1980 EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República NUMERO: 111 VISTOS los Incisos 14 y 19 del Artículo 37 de la Constitución de la República; VISTO el Convenio de Crédito, suscrito en fecha 3 de junio de 1977, entre el Banco Exterior de España y la Corporación Dominicana de Electricidad y los Suplementos I y II al referido Convenio, de fechas 29 de mayo del año 1978 y 5 de diciembre de 1978, respectivamente; RESUELVE: UNICO: APROBAR el Convenio de Crédito, suscrito en fecha 3 de junio de 1977, entre el Banco Exterior de España, S. A., debidamente representado por su Director General, Dr. Rafael Martínez Cortiña, y la Corporación Dominicana de Electricidad, por el Dr. Pedro Manuel Casals Victoria, Administrador General, con la garantía del Banco Central de la República Dominicana, por medio del cual el primero se compromete a otorgar a la segunda, un préstamo por la suma de US$92,000,000.00, importe total del valor y costo de instalación de una central térmica de 150 M/W de utilización múltiple de combustible (fuel oil y carbón térmico), que sería adquirida por la Corporación Dominicana de Electricidad de la empresa "Maquinista Terrestre y Marítima, S.A.", de España, de acuerdo con el contrato suscrito entre ambas partes; y los Suplementos I y II al referido Convenio de Crédito, suscritos entre el Banco Exterior de España, representado en el Suplemento I, por su Director General, Dr. Rafael Martínez Cortiña y la Corporación Dominicana de Electricidad por el Ing. Manuel Alsina Puello, Administrador General; en presencia del Secretario de Estado de Finanzas, Reynaldo Antonio Bisonó y el Embajador de España en la República Dominicana Javier Oyarzun, y en el Suplemento II representado por su Director General Adjunto, Dr. Joaquín Casuso Posada y el señor José Guillermo Paniagua González, Administrador General de la Corporación Dominicana de Electricidad, con el aval del Estado Dominicano, además el señor Manuel José Cabral, Secretario de Estado de Finanzas, y Javier Oyarsun, Embajador de España; que copiado a la letra dice así:

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona