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Resolución

Resolución 141

QUE APRUEBA EL CONVENIO SUSCRITO ENTRE EL ESTADO DOMINICANO Y EL BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
8 jul de 1980fecha
Préstamo o financiamientotipo
G. O. 9535Gaceta Oficial del 1 ene de 1980
Congreso Nacionalórgano

Contraparte y monto

Contraparte
Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (organismo)
Monto
US$25 millones · en el texto: «US$25,000,000.00»

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.

Texto de la norma
Resolución No. 141, que aprueba el Convenio suscrito entre el Estado Dominicano y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento. G. O. No. 9535, del 16 de julio de 1980 EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República NUMERO: 141 VISTOS: Los Incisos 14 y 19 del Artículo 37 de la Constitución de la República; VISTO: El Convenio suscrito en fecha 12 de noviembre de 1979, entre el Estado Dominicano, representado por el señor Enriquillo del Rosario y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, representado por el Vicepresidente Regional para Latinoamérica y el Caribe, Señor Enrique Lerdau, por medio del cual el Estado Dominicano garantiza a la mencionada institución bancaria el pago debido y puntual del principal, los intereses y demás cargos del préstamo otorgado al Banco Central de la República Dominicana, por la suma de US$25,000,000.00 (VEINTICINCO MILLONES DE DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA), que será destinada a financiar parcialmente la segunda etapa del Proyecto Turístico de Puerto Plata. Mediante la Resolución No. 66, de fecha 9 de noviembre de 1979 publicada en la Gaceta Oficial No. 9514, el Banco Central de la República Dominicana, fue autorizado por el Congreso Nacional a obtener y recibir del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento el mencionado préstamo. RESUELVE: UNICO: APROBAR el Convenio suscrito en fecha 12 de noviembre de 1979, entre el Estado Dominicano, representado por el señor Enriquillo Del Rosario y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, representado por el Vicepresidente Regional para Latinoamérica y el Caribe, Señor Enrique Lerdau, por medio del cual el Estado Dominicano garantiza a la mencionada institución bancaria el pago debido y puntual del principal, los intereses y demás cargos del préstamo otorgado al Banco Central de la República Dominicana, por la suma de US$25,000,000.00 (VEINTICINCO MILLONES DE DOLLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA), que será destinada a financiar parcialmente la segunda etapa del Proyecto Turístico de Puerto Plata. Mediante la Resolución No. 66, de fecha 9 de noviembre de 1979, publicada en la Gaceta Oficial No. 9514, el Banco Central de la República Dominicana, fue autorizado por el Congreso Nacional a obtener y recibir del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento el mencionado préstamo, que copiado a la letra dice así:

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona