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Resolución

Resolución 5179

DEL CONGRESO NACIONAL, QUE AUTORIZA LA ERECCION DE UN BUSTO DEL GENERALISIMO DOCTOR RAFAEL L. TRUJILLO MOLINA, EN UN JARDIN DE UNA RESIDENCIA EN EL ENSANCHE "ISABELITA" DE CIUDAD TRUJILLO.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
24 jul de 1959fecha
Otrastipo
G. O. 8388Gaceta Oficial del 1 ene de 1959
Congreso Nacionalórgano

Texto

Texto de la norma
Resolución Nº 5179, del Congreso Nacional, que autoriza la erección de un busto del Generalísimo Doctor Rafael L. Trujillo Molina, en un jardín de una residencia en el Ensanche "Isabelita" de Ciudad Trujillo. G. O. Nº 8388, del 1o. de agosto de 1959. EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República NUMERO 5179. VISTA la solicitud que por medio de la Secretaría de Estado de Educación y Bellas Artes, ha dirigido al Congreso Nacional, el señor Francisco Sanabia Ortega, para que se le autorice a erigir un busto del Generalísimo Doctor Rafael Leonidas Trujillo Molina, Benefactor de la Patria y Padre de la Patria Nueva, en el jardín de su casa de familia, sita en el Ensanche "Isabelita" de esta ciudad, próximo a la autopista de Boca Chica. VISTA la Ley sobre erección de Estatuas y otros Monumentos Públicos Nº 638 del 23 de junio del 1944, publicada en la Gaceta Oficial Nº 6102 del 28 de junio del 1944, modificada por la Ley Nº 1687 del 16 de abril de 1948, publicada en la Gaceta Oficial Nº 6783 del 28 de abril del 1948, RESUELVE: ARTICULO UNICO: Autorizar al señor Francisco Sanabia Ortega, a erigir un busto del Generalísimo Doctor Rafael Leonidas Trujillo Molina, Benefactor de la Patria y Padre de la Patria Nueva, en el jardín de su casa de familia, sita en el Ensanche "Isabelita" de esta ciudad, próxima a la autopista de Boca Chica. DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, Palacio del Congreso Nacional, en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiún días del mes de julio del año mil novecientos cincuenta y nueve; años 116º de la Independencia, 96º de la Restauración y 30º de la Era de Trujillo. José Ramón Rodriguez, Presidente. Opinio Alvarez Mainardi, Secretario. Luis E. Ruiz Monteagudo, Secretario. DADA en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, $Innuel Joaquiri C;t%zlilto C., Sec I’ e ta ri n . Julio A. Cambier, Secretario. HECTOR l~IEAYlrELYII~O 1 RITJILIN .l/ULISL1 Prcsidmtc C ~ P In RtJpiihic-a Dominicalm En ejercicio de la atril-tucitin que me confiere el articu- lo <j-4 inciso 2Q de la Constituci6n (le la Rep6blica; PROR/IUI,GO la presente ResoluciOn, y mando que sea pu- blica& en la Gaceta Oficial para su conociniiento y cumpli- ,miento. ‘DADA en Ciudad Trujillo, Distrilo Nacional, Capital de la Republica Dominicana, a 10s veinticuatro dins del Ines de julio de niil novecientos cincueiita y nneve, aiios l l 6 O de la Indeilendencia, 969 de la Restauracibn v 300 de la Era de Trujillo. Ley NO 5180, que crea la Dirc.cci6n y Control de Drogas Karc6ticas. G . 0 . No 5388, del lo. ciz agosto de 1959. E L COSGRESO iYAClOA1AL E n Xotnbw d+c la Repiihlica 13.1 DADO LA SIGUIENTE LEY: -------e-- NV’RIERO .’,180. Art. 1 . - - i’or la presentc le)- se crea la I1ireccibn y Con- trol de D r o p s NnrcOticas, la que tendril a su cargo todo lo relatiyo a1 trrifico y control (le las drogas narc6licas en eJ tciritorio nacional y de las dcstinadas a ser reexportadas :I otros paises de acuertlo con 10s coniproni1sos in ternaciona- .les contraidos por el Gobierno. PArrafo,-- Para ser funcionario o empleado de la Di- rec.cii)n y Control de Drogas Narcoticas, es rquisito iadis-

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona