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Resolución

Resolución 5989

QUE DESIGNA AL LIC. JULIO HOEPELMAN S., MIEMBRO DE LA JUNTA CENTRAL ELECTORAL Y A LOS SEÑORES LIC. JOSE JOAQUIN PEREZ PAEZ Y DR. J. GABRIEL HERNANDEZ MOTA, PRIMER Y SEGUNDO SUSTITUTOS RESPECTIVAMENTE

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
20 jun de 1962fecha
Nombramientostipo
Junta Central Gubernativaórgano

Texto

Texto de la norma
Resolución No.5989, que designa al Lic. Julio Hoepelman S., Miembro de la Junta Central Electoral y a los señores Lic. José Joaquín Pérez Páez y Dr. J. Gabriel Hernández Mota, Primer y Segundo Sustitutos respectivamente. EL CONSEJO DE ESTADO En Funciones de Asamblea Nacional NUMERO: 5989 CONSIDERANDO: que el Lic. Julio A. Cuello, Miembro de la Junta Central Electoral, ha sido designado Fiscal del Tribunal de Confiscaciones, cargo éste que es incompatible con el desempeño de aquellas funciones; VISTO el Párrafo transitorio del Artículo 4 de la Ley No. 5891, de fecha 8 de mayo de 1962; RESUELVE: Artículo 1.- Designar al Lic. Julio Hoepelman S., Miembro de la Junta Central Electoral, en sustitución del Lic. Julio A. Cuello. Artículo 2.- Designar al Lic. José Joaquín Pérez Páez, y a Dr. J. Gabriel Hernández Mota, Primer y Segundo sustitutos, respectivamente, del Lic. Julio Hospelman S., en su indicada calidad de Miembro de la mencionada Junta. DADA por el Consejo de Estado, en el Palacio Nacional, Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinte días del mes de julio del mil novecientos sesenta y dos, años 119no. de la Independencia y 99no. de la Restauración. Rafael F. Bonnelly Presidente de la República y del Consejo de Estado. Nicolás Pichardo, Primer Vicepresidente. Donald J. Reid Cabral, Segundo Vicepresidente. Mons. Eliseo Pérez Sánchez, Miembro. Luis Amiama Tió, Miembro. Antonio Imbert Barrera, Miembro. José Fernández Caminero, Miembro. RAFAEL F. BONNELLY Presidente de la República Dominicana En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 118 (transitorio) de la Constitución de la República; PROMULGO la presente Resolución, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial y en un periódico de amplia circulación en el territorio nacional, para su conocimiento y cumplimiento. DADA por el Consejo de Estado, en el Palacio Nacional, Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinte días del mes de julio del mil novecientos sesenta y dos, años 119no. de la Independencia y 99no. de la Restauración. RAFAEL F. BONNELLY

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona