Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.
Texto de la norma
pública Dominicana, a los veintiocho días del mes de octubre del año mil novecientos cincuenta y cuatro; años 111º de la Independencia, 92º de la Restauración y 25º de la Era de Trujillo.
Mario Fermín Cabral,
Vicepresidente.
Julio A. Cambier,
Secretario.
José García,
Secretario.
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los dos días del mes de noviembre del año mil novecientos cincuenta y cuatro; años 111º de la Independencia, 92º de la Restauración y 25º de la Era de Trujillo.
El Presidente:
Porfirio Herrera.
Los Secretarios:
Pablo Otto Hernández,
Virgilio Hoepelman.
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3º de la Constitución de la República;
PROMULGO la presente Resolución, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los siete días del mes de noviembre del año mil novecientos cincuenta y cuatro, años 111º de la Independencia, 92º de la Restauración y 25º de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
Resolución Nº 3972, del Congreso Nacional, que aprueba un contrato suscrito entre el Estado y la Textilera Dominicana, C. por A., que prorroga un contrato anterior.— G.O. Nº 7770, del 17 de noviembre de 1954.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
NUMERO 3972.
VISTO el inciso 21 del artículo 33 de la Constitución de la República;
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VISTO el Contrato suscrito en fecha catorce de octubre del año mil novecientos cincuenta y cuatro; entre el Estado Dominicano y la Textilera Dominicana, C. por A., por el cual se prorroga, por cinco años más, el contrato suscrito entre las mismas partes en fecha veintisiete de noviembre del año mil novecientos cuarenta y cuatro;
R E S U E L V E :
UNICO.— APROBAR el Contrato suscrito en fecha catorce de octubre del año mil novecientos cincuenta y cuatro entre el Estado Dominicano representado por el Lic. Arturo Despradel, Secretario de Estado de Trabajo, Economía y Comercio y la Textilera Dominicana, C. por A., representada por el señor Ernesto Armenteros Seisdedos, quien actúa en virtud de poder especial que le ha sido otorgado por el Consejo de Administración de dicha Compañía, según resolución de fecha seis de septiembre del año mil novecientos cincuenta y cuatro, por el cual se prorroga por cinco años más, el contrato suscrito entre las mismas partes en fecha veintisiete de noviembre del año mil novecientos cuarenta y cuatro, relativo a la instalación y operación de una fábrica completa de hilados y tejidos de algodón, y al fomento del cultivo del algodón en el país, que copiado a la letra dice así:
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.