Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.
Texto de la norma
pública Dominicana, a los tres días del mes de noviembre del año mil novecientos cincuenta y cuatro; años 111º de la Independencia, 92º de la Restauración y 25º de la Era de Trujillo.
M. de J. Troncoso de la Concha, Presidente.
Julio A. Cambier, Secretario.
Jose Garcia, Secretario.
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los cuatro días del mes de noviembre del año mil novecientos cincuenta y cuatro; años 111º de la Independencia, 92º de la Restauración y 25º de la Era de Trujillo.
El Presidente: Porfirio Herrera.
Los Secretarios:
Pablo Otto Hernández, Virgilio Hoepelman.
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3º de la Constitución de la República;
PROMULGO la Presente Resolución, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los siete días del mes de noviembre del año mil novecientos cincuenta y cuatro, años 111º de la Independencia, 92º de la Restauración y 25º de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA
Resolución Nº 3971, del Congreso Nacional, que aprueba un contrato suscrito entre el Estado y la M. González y & Co., C. por A., que prorroga un contrato anterior, sobre fabricación de tejidos.— G.O. Nº 7770, del 17 de noviembre de 1954.
EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República
NUMERO 3971.
VISTO el inciso 21 del artículo 33 de la Constitución de la República;
VISTO: el Contrato suscrito en fecha catorce de octubre del año mil novecientos cincuenta y cuatro, entre el Estado Dominicano y la M. González y Co., C. por A. por el cual se prorroga, por cinco años más, el Contrato suscrito entre las mismas partes en fecha dos de julio del año mil novecientos cuarenta y nueve,
RESUELVE:
UNICO: Aprobar el Contrato suscrito en fecha catorce de octubre del año mil novecientos cincuenta y cuatro, entre el Estado Dominicano, representado por el Lic. Arturo Despradel, Secretario de Estado de Trabajo, Economía y Comercio y la M. González y Co., C. por A., representada por el señor Antonio Najri, quien actúa en virtud de las facultades que le fueron otorgadas por el Consejo de Administración de dicha compañía, según resolución de fecha veintiocho de marzo del año de mil novecientos cuarenta y cuatro, por el cual se prorroga, por cinco años más, el Contrato suscrito entre las mismas partes en fecha dos de julio del mil novecientos cuarenta y nueve; relativo a la instalación y operación de una fábrica de hilados y tejidos de algodón, cáñamo, lino, seda, rayón y en general de fibras textiles naturales y artificiales y al fomento del cultivo del algodón, sisal y otras fibras textiles en el país, que copiado a la letra dice así:
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.