Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.
Texto de la norma
del año mil novecientos cincuenta y cuatro; años 111º de la Independencia, 92º de la Restauración y 25º de la Era de Trujillo.
El Vicepresidente en funciones;
Juan Arce Medina,
Los Secretarios:
Pablo Otto Hernández.
Virgilio Hoepelman.
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3º de la Constitución de la República;
PROMULGO la presente Resolución y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los dieciocho días del mes de octubre del año mil novecientos cincuenta y cuatro, años 111º de la Independencia, 92º de la Restauración y 25º de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
Resolución Nº 3954, de la Cámara de Diputados, que aprueba un contrato entre el Ayuntamiento de la Común de Cabral y la firma J. Joaquín Cocco hijo, C. por A., para la instalación de un servicio de energía eléctrica en la Sección de Polo.—G. O. Nº 7760. del 23 de octubre de 1954.
LA CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA
REPUBLICA DOMINICANA
NUMERO 3954.
VISTA la Ordenanza dictada por el Ayuntamiento de la Común de Cabral de fecha veintiocho de febrero del año mil novecientos cincuenta y cuatro, aprobatoria del CONTRATO intervenido en fecha veintiocho del mes de febrero del año mil novecientos cincuenta y cuatro, entre el Ayuntamiento de la Común de Cabral, representado por el señor Pablo Urbáez, Síndico Municipal y la firma J. Joaquín Cocco hijo, C. por A., representada por su Administrador Presidente, señor J. Joaquín
Cocco hijo, por el cual ésta última se compromete a instalar y operar una planta que suministre energía eléctrica en la sección de Polo, de aquella jurisdicción comunal,
En uso de la facultad que le confiere el inciso segundo del Artículo 23 de la Constitución del Estado,
RESUELVE:
UNICO:— Aprobar como por la presente Resolución aprueba, el Contrato a que se ha hecho referencia, y que copiado a la letra dice así:
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.