Texto de la norma
dependencia, 91º de la Restauración y 25º de la Era de Trujillo.
El Presidente:
Porfirio Herrera.
Los Secretarios:
Pablo Otto Hernández.
Virgilio Hoepelman.
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49. inciso 3º de la Constitución de la República;
PROMULGO la presente Resolución, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veintidos días del mes de mayo del año mil novecientos cincuenta y cuatro, años 111º de la Independencia, 91º de la Restauración y 25º de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
Resolución Nº 3845, del Congreso Nacional, que autoriza la erección de un busto de Don José Trujillo Valdez en la ciudad de La Vega.— G. O. Nº 7702, del 5 de Junio de 1954.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
NUMERO 3845.
VISTA la solicitud que por medio de la Secretaría de Estado de Educación Pública y Bellas Artes ha dirigido al Congreso Nacional la Asociación de Periodistas de La Vega para que se autorice a erigir un busto de Don José Trujillo Valdez en la ciudad de La Vega.
VISTAS las leyes sobre erección de estatuas y monumentos públicos Nº 638 del 23 de junio del 1944, publicada en la Gaceta Oficial Nº 6102 del 28 de junio del 1944, modificada por la Ley Nº 1687 del 16 de abril de 1948, publicada en la Gaceta Oficial Nº 6783 del 28 de abril del 1948,
RESUELVE:
ARTICULO UNICO: Autorizar a la Asociación de Periodistas de La Vega, a erigir un Busto de Don José Trujillo Val-
dez, en la ciudad de La Vega como un justiciero homenaje de recordación y reconocimiento al preclaro ciudadano desaparecido, digno progenitor del Generalísimo Doctor Rafael Leonidas Trujillo Molina, Benefactor de la Patria y de su Ilustre hermano General Héctor B. Trujillo Molina, Honorable Presidente de la República.
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los diecinueve días del mes de mayo del año mil novecientos cincuenta y cuatro; años 111º de la Independencia, 91º de la Restauración y 25º de la Era de Trujillo.
El Presidente:
Porfirio Herrera.
Los Secretarios:
Pablo Otto Hernández.
Virgilio Hoepelman.
DADA en la Sala de Sesiones del Palacio del Senado, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veinte días del mes de mayo del año mil novecientos cincuenta y cuatro; años 111º de la Independencia, 91º de la Restauración y 25º de la Era de Trujillo.
Mario Fermín Cabral,
Vicepresidente.
Julio A. Cambier,
Secretario.
José García,
Secretario.
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3º de la Constitución de la República;
PROMULGO la presente Resolución, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veintidós días del mes de mayo del año mil novecientos cincuenta y cuatro, años 111º de la Independencia, 91º de la Restauración y 25º de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA
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