Texto de la norma
pública Dominicana, a los trece días del mes de mayo del año mil novecientos cincuenta y cuatro; años 111º de la Independencia, 91º de la Restauración y 24º de la Era de Trujillo.
Mario Fermín Cabral,
Vicepresidente
Julio A. Cambier,
Secretario.
José García,
Secretario.
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los trece días del mes de mayo del año mil novecientos cincuenta y cuatro; años 111º de la Independencia, 91º de la Restauración y 24º de la Era de Trujillo.
El Presidente:
Porfirio Herrera.
Los Secretarios:
Pablo Otto Hernández.
Pedro A. Jorge,
Secretario ad-hoc.
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3º de la Constitución de la República;
PROMULGO la presente Ley, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana. a los catorce días del mes de mayo del año mil novecientos cincuenta y cuatro, años 111º de la Independencia, 91º de la Restauración y 24º de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
Resolución Nº 3829, del Congreso Nacional, que aprueba todos los actos realizados por el Poder Ejecutivo durante el año 1953, así como Estado de Recaudación e Inversión de las Rentas Fiscales.—G. O. Nº 7696, del 22 de mayo de 1954.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
NUMERO 3829.
VISTO el artículo 33 de la Constitución de la República, atribuciones segunda y vigésima del Congreso Nacional;
VISTO el resultado del exámen hecho de los actos del Poder Ejecutivo durante el año 1953, contenidos en el Mensaje depositado ante el Congreso Nacional por el Presidente de la República y en las Memorias de los Secretarios de Estado que lo acompañan, el 27 de febrero de este año;
VISTO el Estado de Ingresos y Egresos consolidados y demostración del superávit económico de todos los Fondos del Presupuesto de 1953, el cierre de las operaciones al 31 de diciembre de 1953, sometido al Congreso por el Presidente de la República con su Mensaje Nº 8571, de fecha 28 de abril de 1954;
VISTO el informe sometido por la Cámara de Cuentas de la República relativo al Estado de Recaudación e Inversión de las Rentas Fiscales durante el año 1953;
CONSIDERANDO: que todas los actos realizados por el Poder Ejecutivo durante el año 1953, así como la recaudación e Inversión de las rentas nacionales, se han ajustado a la Constitución y las leyes;
RESUELVE:
Art. 1.— APROBAR todos los actos realizados por el Poder Ejecutivo durante el año 1953, por ser ajustados a la Constitución y las Leyes.
Art. 2.— APROBAR igualmente, con vista del informe presentado por la Cámara de Cuentas, el Estado de Recaudación e Inversión de las Rentas Fiscales durante el año 1953.
DADA en la Sala de Sesiones del Palacio del Senado, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los once días del mes de mayo del año mil novecientos cincuenta y cuatro; años 111º de la Independencia, 91º de la Restauración y 24º de la Era de Trujillo.
Mario Fermín Cabral,
Vicepresidente.
Julio A. Cambier,
Secretario.
José García,
Secretario.
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los trece días del mes de mayo del año mil novecientos cincuenta y cuatro; años 111º de la Independencia, 91º de la Restauración y 24º de la Era de Trujillo.
El Presidente:
Porfirio Herrera.
Los Secretarios:
Pablo Otto Hernández.
Pedro A. Jorge,
Secretario ad-hoc.
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3º de la Constitución de la República;
PROMULGO la presente Resolución, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los catorce días del mes de mayo del año mil novecientos cincuenta y cuatro, años 111º de la Independencia. 91º de la Restauración y 24º de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
Resolución Nº 3830, del Congreso Nacional, que autoriza la erección de un busto al Benefactor de la Patria en el Parque Central de Ramón Santana.—G.O.Nº 7698, del 26 de mayo de 1954.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
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