jueves, 15 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
InstitucionesQuién dirigeSolicitudesCongresoJusticiaCasosElecciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo la resolución…

Resolución

Resolución 4273

DEL CONGRESO NACIONAL, QUE AUTORIZA LA ERECCION DE UN MONUMENTO A LA ERA DE TRUJILLO, EN LA BENEMERITA CIUDAD DE SAN CRISTOBAL.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
14 sept de 1955fecha
Otrastipo
G. O. 7894Gaceta Oficial del 1 ene de 1955
Congreso Nacionalórgano

Texto

Texto de la norma
Resolución Nº 4273, del Congreso Nacional, que autoriza la erección de un Monumento a la Era de Trujillo, en la Benemérita ciudad de San Cristóbal.—G. O. Nº 7894, del 5 de octubre de 1955, EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República NUMERO 4273. VISTA la solicitud que por medio de la Secretaría de Estado de Educación y Bellas Artes ha dirigido al Congreso Nacional el Comité Ejecutivo de la Liga Municipal Dominicana para que se le autorice a erigir un Monumento a la Era de Trujillo, en la Benemérita ciudad de San Cristóbal. VISTA la ley sobre erección de estatuas y monumentos públicos Nº 638 del 23 de junio del 1944, publicada en la Gaceta Oficial Nº 6102 del 28 de junio del 1944, modificada por la Ley Nº 1687 del 16 de abril de 1948, publicada en la Gaceta Oficial Nº 6783 del 28 de abril del 1948. RESUELVE: ARTICULO UNICO:— Autorizar al Comité Ejecutivo de la Liga Municipal Dominicana, a erigir un Monumento a la Era de Trujillo, en la Benemérita ciudad de San Cristóbal, como testimonio de gratitud por su fecunda obra de gobierno en beneficio del pueblo dominicano. DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los siete días del mes de septiembre del año mil novecientos cincuenta y cinco; AÑO DEL BENEFactor DE LA PATRIA; años 112º de la Independencia, 93º de la Restauración y 26º de la Era de Trujillo. El Presidente: Francisco Prats Ramírez. Los Secretarios: Pablo Otto Hernández. Rafael Uribe Montás. DADA en la Sala de Sesiones del Palacio del Senado, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los trece días del mes de septiembre del año mil novecientos cincuenta y cinco; AÑO DEL BENEFACtor DE LA PATRIA, 112º de la Independencia, 93º de la Restauración y 26º de la Era de Trujillo. Abelardo R. Nanita, Vicepresidente en funciones. M. Joaquín Castillo C., Secretario. Juan Guilliani Secretario, HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3º de la Constitución de la República; PROMULGO la presente Resolución, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento. DADA en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los catorce días del mes de septiembre de mil novecientos cincuenta y cinco, AÑO DEL BENEFACTOR DE LA PATRIA, 112º de la Independencia, 93º de la Restauración y 26º de la Era de Trujillo. HECTOR B. TRUJILLO MOLINA. Resolución Nº 4274, del Senado, que aprueba el nombramiento diplomático expedido por el Poder Ejecutivo a favor del Lic. Rafael Rincón.—G. O, Nº 7906, del 4 de noviembre de 1955. EL SENADO DE LA REPUBLICA DOMINICANA

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Instituciones y poderes

Todas las secciones →
  • InstitucionesCuánto compra cada una, a quién y sus señales
  • Quién dirige cada instituciónMinistros, directores y superintendentes, con su decreto
  • Solicitudes de informaciónQué pide la ciudadanía a cada institución y cómo responde
  • JusticiaDecisiones de las altas cortes con el Estado como parte
  • Casos en los tribunalesFuncionarios imputados, próxima audiencia y cobertura
  • EleccionesCandidaturas, electos y quién ocupa cada cargo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona