jueves, 15 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
InstitucionesQuién dirigeSolicitudesCongresoJusticiaCasosElecciones
Resolución

Resolución 5938

DEL CONSEJO DE ESTADO, QUE NOMBRA AL LIC. QUIRICO ELPIDIO PEREZ SEGUNDO SUPLENTE DEL LIC. ABIGAIL DELMONTE, MIEMBRO DE LA JUNTA CENTRAL ELECTORAL

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
6 jun de 1962fecha
Nombramientostipo
G. O. 8661Gaceta Oficial del 1 ene de 1962
Junta Central Gubernativaórgano

Texto

Texto de la norma
Resolución No.5938, del Consejo de Estado, que nombra al Lic. Quirico Elpidio Pérez Segundo Suplente del Lic. Abigail Delmonte, Miembro de la Junta Central Electoral. EL CONSEJO DE ESTADO En Nombre de la República NUMERO 5938 VISTA: la renuncia presentada por el Dr. Lupo Hernández Rueda; VISTO: el Párrafo transitorio del artículo 4 de la Ley No. 5891, de fecha 8 de mayo de 1962; RESUELVE: ARTICULO UNICO.- El Lic. Quírico Elpidio Pérez, queda designado Segundo Suplente del Lic. Abigail Delmonte, miembro de la Junta Central Electoral, en sustitución del Dr. Lupo Hernández Rueda. DADA por el Consejo de Estado, en el Palacio Nacional Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los seis días del mes de junio del mil novecientos sesenta y dos, años 119no. de la Independencia y 99o. de la Restauración. RAFAEL F. BONNELLY Presidente de la República y del Consejo de Estado Nicolás Pichardo, Primer Vicepresidente Donald J. Reid Cabral Segundo Vicepresidente Antonio Imber Barreras, Miembro Mons. Eliseo Pérez Sánchez, Miembro Luis Amiama Tió, Miembro José Fernández Caminero, Miembro RAFAEL F. BONNELLY, Presidente de la República Dominicana En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 118 (transitorio) de la Constitución de la República; PROMULGO la presente Resolución, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento, y en un periódico de amplia circulación en el territorio nacional. DADA por el Consejo de Estado, en el Palacio Nacional, Santo Domingo, Distrito, Nacional, Capital de la República Dominicana, a los días del mes de junio del mil novecientos sesenta y dos, años 119no. de la Independencia y 99no. de la Restauración. RAFAEL F. BONNELLY

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Instituciones y poderes

Todas las secciones →
  • InstitucionesCuánto compra cada una, a quién y sus señales
  • Quién dirige cada instituciónMinistros, directores y superintendentes, con su decreto
  • Solicitudes de informaciónQué pide la ciudadanía a cada institución y cómo responde
  • JusticiaDecisiones de las altas cortes con el Estado como parte
  • Casos en los tribunalesFuncionarios imputados, próxima audiencia y cobertura
  • EleccionesCandidaturas, electos y quién ocupa cada cargo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona