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Resolución

Resolución 4604

DEL CONGRESO NACIONAL, QUE APRUEBA UN CONTRATO SUSCRITO ENTRE EL ESTADO Y LA SOCIEDAD CELSO PEREZ, C. POR A.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
15 dic de 1956fecha
Contrato o conveniotipo
G. O. 8077Gaceta Oficial del 1 ene de 1956
Congreso Nacionalórgano

Contraparte y monto

Contraparte
SOCIEDAD CELSO PEREZ, C. POR A (empresa)

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.

Texto de la norma
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 54 inciso 2º, de la Constitución de la República; PROMULGO la presente Ley, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento. DADA en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los quince días del mes de diciembre de mil novecientos cincuenta y seis; Años 113º de la Independencia, 94º de la Restauración y 27º de la Era de Trujillo. HECTOR B. TRUJILLO MOLINA. Resolución Nº 4604, del Congreso Nacional, que aprueba un contrato suscrito entre el Estado y la Sociedad Celso Pérez, C. por A.,— G. O. Nº 8077 del 2 de Enero de 1957. EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República NUMERO 4604. VISTO el inciso 20 del artículo 38 de la Constitución de la República; VISTO el Contrato suscrito el día 5 del mes de diciembre del año 1956 entre el Estado Dominicano y la Sociedad Celso Pérez, C. por A. RESUELVE: UNICO: APROBAR el Contrato suscrito el día 5 del mes de diciembre del año 1956 entre el Estado Dominicano representado por el señor José Armenteros S., Secretario de Estado de Industria, Comercio y Banca y la Sociedad Celso Pérez, C. por A., representada por su Administrador General, señor Cel- so Pérez, por el cual se prorroga a esta última y hasta el 22 de diciembre de 1961, todas las exoneraciones y exenciones que le fueron otorgadas en su contrato intervenido con el Estado en fecha 22 de diciembre de 1951, para la operación en el país de su industria de productos de goma, que copiado a la letra dice así:

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona