Texto de la norma
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 54 inciso 2o., de la Constitución de la República;
PROMULGO la presente Ley, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los trece días del mes de diciembre de mil novecientos cincuenta y seis, 113º de la Independencia, 94º de la Restauración y 27º de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
Resolución No. 4599 del Congreso Nacional, que autoriza la erección de una estatua del Generalísimo Dr. Rafael Leonidas Trujillo Molina, Benefactor de la Patria y Padre de la Patria Nueva, en la Ciudad Deportiva, en Ciudad Trujillo.— G. O. No. 8088 del 2 de febrero de 1957
EL CONGRESO NACIONAL
En nombre de la República
NUMERO 4599
VISTA la solicitud que por medio de la Secretaría de Estado de Educación y Bellas Artes, ha dirigido al Congreso Nacional el Comité Pro.Estatua del Generalísimo Trujillo, de esta ciudad, para que se le autorice a erigir una estatua del Ilustre Benefactor de la Patria y Padre de la Patria Nueva en la Ciudad Deportiva.
VISTA la ley sobre erección de estauas y otros monumentos públicos, No. 638 del 23 de junio del 1944, publicada en la Gaceta Oficial No. 6102 del 28 de junio del 1944, modificada por la Ley No. 1687 del 16 de abril de 1948, publicada en la Gaceta Oficial No. 6783 del 28 de abril de 1948,
RESUELVE:
ARTICULO UNICO: Autorizar al Comité Pro-Estatua del Generalísimo Trujillo, de esta ciudad, a erigir una estatua del Generalísimo Doctor Rafael Leonidas Trujillo Molina, Ilustre Benefactor de la Patria y Padre de la Patria Nueva, en la Ciudad Deportiva, como prueba de gratitud al Máximo Protector de los Deportes Dominicanos.
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, Palacio del Congreso Nacional, en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los once días del mes de diciembre del año mil novecientos cincuenta y seis; años 113 de la Independencia, 94 de la Restauración y 27 de la Era de Trujillo.
Carlos Sánchez i Sánchez,
Presidente.
Pablo Otto Hernández,
Secretario.
Rafael Uribe Montás,
Secretario
DADA en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los doce días del mes de diciembre del año mil novecientos cincuenta y seis, años 113 de la Independencia, 94 de la Restauración y 27 de la Era de Trujillo.
Abelardo R. Nanita
Vicepresidente.
Ml. Joaquín Castillo C.,
Secretario.
Julio A. Cambier,
Secretario.
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 54 inciso 2o., de la Constitución de la República;
blicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los trece días del mes de diciembre de mil novecientos cincuenta y seis, 113° de la Independencia, 94° de la Restauración y 27° de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
Ley No. 4600, del 14 de diciembre de 1956, de Presupuesto de Ingresos y Ley de Gastos Públicos para el año 1957. — G. O. No. 8073, del 28 de diciembre de 1956.
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