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Resolución

Resolución 4597

DEL C.N., QUE AUTORIZA LA ERECCION DE UN BUSTO DEL GENERALISIMO DR. RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA, BENEFACTOR DE LA PATRIA Y PADRE DE LA PATRIA NUEVA, EN VILLA TENARES

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
13 dic de 1956fecha
Otrastipo
G. O. 8087Gaceta Oficial del 1 ene de 1956
Congreso Nacionalórgano

Texto

Texto de la norma
blicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento. DADA en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los doce días del mes de diciembre de mil novecientos cincuenta y seis, 113º de la Independencia, 94º de la Restauración y 27º de la Era de Trujillo. HECTOR B. TRUJILLO MOLINA. Resolución No. 4597, del C. N., que autoriza la erección de un busto del Generalísimo Dr. Rafael Leonidas Trujillo Molina, Benefactor de la Patria y Padre de la Patria Nueva, en Villa Tenares.— G. O. No. 8087 del 31 de enero de 1957 EL CONGRESO NACIONAL En nombre de la República NUMERO 4597 VISTA la solicitud que por medio de la Secretaría de Estado de Educación y Bellas Artes ha dirigido al Congreso Nacional el Comité Pro-Busto del Generalísimo del Municipio de Villa Tenares, para que se le autorice a erigir un busto del Generalísimo Doctor Rafael L. Trujillo Molina, Benefactor de la Patria y Padre de la Patria Nueva en esa villa. VISTA la Ley sobre erección de estatuas y monumentos públicos Nº 638 del 23 de junio del 1944, publicada en la Gaceta Oficial No. 6102 del 28 de junio del 1944, modificada por la Ley No. 1687 del 16 de abril de 1948, publicada en la Gaceta Oficial No. 6783 del 28 de abril de 1948, RESUELVE: ARTICULO UNICO: Autorizar al Comité Pro-Busto del Generalísimo del Municipio de Villa Tenares a erigir un busto en bronce del Generalísimo Doctor Rafael L. Trujillo Molina, Benefactor de la Patria y Padre de la Patria Nueva, en el parque "Presidente Trujillo", de esa villa como homenaje de cariño, gratitud y lealtad de los habitantes de ese Municipio. DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, Palacio del Congreso Nacional, en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los seis días del mes de diciembre del año mil novecientos cincuenta y seis; años 113 de la Independencia, 94 de la Restauración y 27 de la Era de Trujillo. Carlos Sánchez i Sánchez, Presidente Pablo Otto Hernández, Secretario. Rafael Uribe Montás, Secretario. DADA en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los once días del mes de diciembre del año mil novecientos cincuenta y seis; años 113 de la Independencia, 94 de la Restauración y 27 de la Era de Trujillo. Abelardo R. Nanita Vicepresidente en funciones Secretario. Ml. Joaquín Castillo C., Secretario Julio A. Cambier, HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 54 inciso 2o., de la Constitución de la República; PROMULGO la presente Resolución, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento. DADA en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los trece días del mes de diciembre de mil novecientos cincuenta y seis, 113º de la Independencia, 94º de la Restauración y 27º de la Era de Trujillo. HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona