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Resolución

Resolución 4589

DE CONGRESO NACIONAL QUE AUTORIZA LA ERECCION DE UN BUSTO DEL GENERALISIMO DOCTOR RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA, BENEFACTOR DE LA PATRIA Y PADRE DE LA PATRIA NUEVA

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
22 nov de 1956fecha
Otrastipo
G. O. 8059Gaceta Oficial del 1 ene de 1956
Congreso Nacionalórgano

Texto

Texto de la norma
R E S U E L V E : UNICO.—APROBAR el nombramiento diplomático expedido por el Poder Ejecutivo en favor del señor John W. Abbes García como Primer Secretario de la Embajada de la República en Guatemala. DADA en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, En Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinte días del mes de noviembre del año mil novecientos cincuenta y seis; Años 113º de la Independencia, 94º de la Restauración y 27º de la Era de Trujillo. Abelardo R. Nanita Vicepresidente en funciones Ml. Joaquín Castillo C., Secretario. Julio A. Cambier, Secretario. Resolución Nº 4589, de Congreso Nacional que autoriza la erección de un busto del Generalísimo Doctor Rafael Leonidas Trujillo Molina, Benefactor de la Patria y Padre de la Patria Nueva, en Villa Mella.— G. O. Nº 8059 del 28 de noviembre de 1956. EL CONGRESO NACIONAL En nombre de la República NUMERO 4589. VISTA la solicitud que por medio de la Secretaría de Estado de Educación y Bellas Artes ha dirigido al Congreso Nacional el Comité Pro-Busto del Generalísimo Doctor Rafael L. Trujillo Molina, de Villa Mella, para que se le autorice a erigir un busto de Su Excelencia, el Generalísimo Doctor Rafael L. Trujillo Molina, Benefactor de la Patria y Padre de la Patria Nueva en el parque del Municipio de Villa Mella. VISTA la ley sobre erección de estatuas y monumentos públicos Nº 638 del 23 de junio del 1944, publicada en la Gaceta Oficial Nº 6102 del 28 de junio de 1944, modificada por la Ley Nº 1687 del 16 de abril de 1948, publicada en la Gaceta Oficial Nº 6783 del 28 de abril del 1948. R E S U E L V E : ARTICULO UNICO:—Autorizar al Comité Pro-Busto del Generalísimo Doctor Rafael Leonidas Trujillo Molina, de Villa Mella, a erigir un busto en bronce de Su Excelencia el Generalísimo Doctor Rafael L. Trujillo Molina, Benefactor de la Patria y Padre de la Patria Nueva en el parque del Municipio de Villa Mella, como homenaje de respeto y lealtad de los habitantes de ese Municipio. DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, Palacio del Congreso Nacional, en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los quince días del mes de noviembre del año mil novecientos cincuenta y seis; Agos 113º de la Independencia, 94º de la Restauración y 27º de la Era de Trujillo. Presidente. Carlos Sánchez i Sánchez. Pablo Otto Hernández, Secretario. Rafael Uribe Montás, Secretario. DADA en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional,, en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinte días del mes de noviembre del año mil novecientos cincuenta y seis; Años 113º de la Independencia, 94º de la Restauración y 27º de la Era de Trujillo. Abelardo R. Nanita Vicepresidente en funciones. Ml Joaquín Castillo C., Secretario. Julio A. Cambier, Secretario. HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 54 inciso 2º, de la Constitución de la República; PROMULGO la presente Ley, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento. DADA en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintidos días del mes de noviembre de mil novecientos cincuenta y seis; Años 113º de la Independencia, 94º de la Restauración y 27º de la Era de Trujillo. HECTOR B. TRUJILLO MOLINA. Resolución Nº 4590, del Congreso Nacional, que autoriza la erección de un busto del Generalísimo Doctor Rafael Leonidas Trujillo Molina, Benefactor de la Patria y Padre de la Patria Nueva, en Elías Piña.— G. O. Nº 8059 del 28 de Noviembre de 1956. EL CONGRESO NACIONAL En nombre de la República

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona