jueves, 15 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
InstitucionesQuién dirigeSolicitudesCongresoJusticiaCasosElecciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo la resolución…

Resolución

Resolución 4482

DEL CONGRESO NACIONAL, QUE APRUEBA RENEGOCIACIONES ARANCELARIAS ENTRE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA Y LA REPUBLICA DOMINICANA

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
21 jun de 1956fecha
Otrastipo
G. O. 8004Gaceta Oficial del 1 ene de 1956
Congreso Nacionalórgano

Texto

Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.

Texto de la norma
so Nacional, en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinte días del mes de junio del año mil novecientos cincuenta y seis; Año del Benefactor de la Patria; Años 113º de la Independencia, 93º de la Restauración y 27º de la Era de Trujillo. Porfirio Herrera, Presidente. Ml. Joaquín Castillo C., Secretario. Julio A. Cambier, Secretario. HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 54 inciso 2º, de la Constitución de la República; PROMULGO la presente Ley, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento. DADA en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiún días del mes de junio de mil novecientos cincuenta y seis, Año del Benefactor de la Patria, 113º de la Independencia, 93º de la Restauración y 27º de la Era de Trujillo. HECTOR B. TRUJILLO MOLINA Resolución Nº 4482 del Congreso Nacional, que aprueba renegociaciones Arancelarias entre los Estados Unidos de América y la República Dominicana.— G. O. Nº 8004 del 11 de julio de 1956. EL CONGRESO NACIONAL En nombre de la República NUMERO 4482. VISTA la Resolución del Congreso Nacional Nº 2372, de fecha 29 de abril de 1950, mediante la cual se ratificó el Acuer- do General sobre Aranceles y Comercio, así como el Protocolo de Annecy por medio del cual la República Dominicana se adhirió a dicho Acuerdo General, y se aprobaron las concesiones arancelarias otorgadas por la República dentro del mencionado instrumento internacional y que figura en la lista XXIII (República Dominicana) anexo al mismo: CONSIDERANDO que en fecha 3 de marzo de 1956 fueron terminadas en Ginebra, Suiza, las renegociaciones llevadas a cabo entre los Estados Unidos de América y la República Dominicana, de acuerdo con el Art. XXVIII del citado Acuerdo General, tendentes a la modificación de algunas concesiones otorgadas por la República a los Estados Unidos de América en la mencionada conferencia arancelaria. VISTO: el artículo 38, inciso 14 de la Constitución de la República; R E S U E L V E : UNICO: Aprobar las renegociaciones llevadas a cabo entre los Estados Unidos de América y la República Dominicana, conforme a las disposiciones del Art. XXVIII del Acuerdo General sobre Aranceles y Comercio suscrito en Ginebra, Suiza, y al cual se adhirió la República Dominicana por medio del Protocolo de Annecy, Francia, según fué aprobado por la Resolución del Congreso Nacional Nº 2372 del 29 de abril de 1950, renegociaciones que conllevan modificaciones a la lista de concesiones arancelarias otorgadas por la República Dominicana en la Conferencia celebrada, dentro de dicho Acuerdo, en Annecy, Francia: que copiada a la letra dice así:

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Instituciones y poderes

Todas las secciones →
  • InstitucionesCuánto compra cada una, a quién y sus señales
  • Quién dirige cada instituciónMinistros, directores y superintendentes, con su decreto
  • Solicitudes de informaciónQué pide la ciudadanía a cada institución y cómo responde
  • JusticiaDecisiones de las altas cortes con el Estado como parte
  • Casos en los tribunalesFuncionarios imputados, próxima audiencia y cobertura
  • EleccionesCandidaturas, electos y quién ocupa cada cargo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona