Texto de la norma
PROMULGO la presente Resolucih y mando que sea pu-
blicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimien-
to.
DADA en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Ca-
pital de la RepGblica Dominicana, a 10s veinticuatro dias del mes
de marzo del afio mil novecientos cincuenta y dos, aiios 109 de
la Independencia, 89 de la Restauracih y 22 de la Era de Tru-
jillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
Resaluclon No. 3265, de la Chmara de Diputados, que autoriza la donacion de
12 solares propiedad de la ComM de San Cristbbal a la Caja Dominicana de
Seguros Sociales
(Gaceta Oficial No. 7411, Abril 5 de 1952)
LA CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA REPUBLICA DOMINICANA
NUMERO 3265.
VISTA la Resolucih N6m. 39 del Ayuntamiento de la co-
mGn de San Cristbbal, de fecha 12 de febrero de 1952; que co-
piada a la letra dice asi:
RESOLUCION NUM. 39.
EL AYUNTAMIENTO DE LA COMUN DE SAN CRISTOBAL
En us0 de sus facultades legales;
CONSIDERANDO: Que la Caja Dominicana de Seguros So-
ciales ha seleccionado los solares propiedad de la Com6n de San
Crist6bal abajo descritos, para construir modernas y suntuosas
residencias ;
CONSIDERANDO : Que tales obras vendriin a contribuir
notablemente a1 ornato y enibellecimiento de esta Benem6rita
Ciudad, que debe su progreso, su modernism0 y esplendor a la
eminentemente patri6tica y constructiva obra de Gobierno del
Excelentisirno Seiior Presidente de la Rep6blica y Benefactor de
la Patria, Generalisimo Doctor RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO
MOLINA ;
CONSIDERANDO : Que es deber de 10s Ayuntamientos pro-
pender al desarrollo urbanistico de sus ciudades;
-15”
R E S U E L V E :
Art. 1.- DONAR, como por la presente dona, a la Caja Do-
minicana de Seguros Sociales, 10s siguientes solares propiedad
de la comdn de San CrisMbal:
a) Solar NGm. 1, manzana No. 65, con un Area de 182.81
M2 y las siguientes colindancias : Norte : Calle Juan Pablo Pina ;
Sur, Solar No. 14, propiedad municipal; Este, Solar No. 2, pro-
piedad de Maria Pbrez; y Oeste, Calle Santome.
b) Solar Nbm. 14, manzana No. 65, con un Area de 159.48
M2 y 1as siguientes colindancias: Norte, Solar No. 1, propiedad
municipal ; Sur, Solar No. 13, propiedad municipal ; Este, Solar
No. 3, propiedad de Laura Perez; y Oeste, Avenida SantomB.
c) Solar Nfim. 13, manzana No. 65, con un Area de 146.48
M2 y las siguientes colindancias: Norte, Solar No. 14, propiedad
municipal ; Sur, Solar No. 12, propiedad municipal ; ’Este, Solar
No. 4, propiedad de Marcelina Casilla; y Oeste, Avenida Santo-
m6.
d) Solar Nbm. 12, manzana No. 65, con un Brea de 175.50
M2 y las siguientes colindancias: Norte, Solar No. 13, propiedad
municipal ; Sur, Solar No. 11, propiedad municipal ; Este, Solar
No. 6, propiedad del Dr. Julio C. Garcia F.; y Oeste, Avenida
San tom&
e) Solar Ndm. 11, manzana No. 65, con un Area de 170.00
M2 y las siguientes colindancias: Norte, Solar No. 12, propiedad
municipal; Este, Solar No. 6, propiedad municipal; Sur, Solar
No. 10, propiedad municipal; y Oeste, Avenida SantomB.
f) Solar Nbm. 101, manzana No. 65, con un Area de 173.78 M2
y las siguientes colindancias: Norle, Solar No. 11, propiedad
municipal ; Sur, Solar No. 9, propiedad municipal ; Este, Solar No.
8, propiedad municipal ; y Oesete, Avenida Santom6.
g) Solar No. 9, manzana No. 65, con un Area de 172.95 M2
y las siguientes colindancias: Norte, Solar No. 10, propiedad mu-
nicipal; Sur, calle Gaspar Hernandez; Este, Solar No. 8, propie-
dad municipal; y Oeste, Avenida SanGm6.
h) Solar NGm. 8, manzana No. 65, con un Area de 191.00
M2 y las siguientes collndancias: Norte, Solar No. 7, propiedad
municipal ; Sur, calle Gaspar Hernandez ; Este, calle General Ca-
bral; y Oeste, Solar No. 9, propiedad municipal.
i) Solar NGm. 7, manzana No. 65, con un Area de 184.00
M 2 y las siguientes colindancias: Norte, Solar No. 6, propiedad
municipal; Sur, Solar No. 8, propiedad municipal; Este, Calle General Cabral; y Oeste, Solar No. 10, propiedad municipal;
j) Solar Núm. 6, manzana No. 65, con un área de 180.60 M2 y las siguientes colindancias: Norte, Solar No. 5, propiedad del Dr. Julio C. García F.; Sur, Solar No. 7, propiedad municipal; Este, calle General Cabral; y Oeste, Solar No. 11, propiedad municipal.
k) Solar No. 1, manzana No. 47, con un área de 393.72 M2 y las siguientes colindancias: Norte, calle Juan Pablo Pina; Sur, Solar No. 13, propiedad de Josefa Caro; Este, Solar No. 2, propiedad municipal; y Oeste, calle General Cabral.
l) Solar No. 2, manzana No. 12-A, con un área de 2,070.88 M2 y las siguientes colindancias: Norte, calle Espaillat; Sur, calle Francisco J. Peynado; Este, calle General Duvergé; y Oeste, Solares No. 1, No. 6, No. 5, propiedad de los señores Manuel Mañaná, Simón Delmonte, Laura Luna, Erminda Méndez y Virgilio Mateo.
DADA en la Sala Capitular del Honorable Ayuntamiento de la Común de San Cristóbal, a los doce días del mes de febrero del año mil novecientos cincuenta y dos, años 108 de la Independencia, 89 de la Resetauración y 22 de la Era de Trujillo. (Firmados) Manuel E. de Pool, Presidente del Ayuntamiento.— Luis Tomás Saillant, Síndico Municipal.— Héctor R. Báez, Secretario Municipal.
VISTO el inciso 2o. del artículo 22 de la Constitución de la República;
RESUELVE:
UNICO: Autorizar al Ayuntamiento de la común de San Cristóbal a donar doce solares a la Caja Dominicana de Seguros Sociales cuyas especificaciones constan en su Resolución No. 39 de fecha 12 de febrero de 1952, más arriba transcrita.
Dado en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los dieciocho días del mes de marzo del año mil novecientos cincuenta y dos; años 109 de la Independencia, 89 de la Restauración y 22 de la Era de Trujillo.
EL PRESIDENTE: Porfirio Herrera.
LOS SECRETARIOS
Rafel Ginebra Hernández,
Rafael Armando Espaillat.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3o. de la Constitución de la República;
PROMULGO la presente Resolución y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veinticuatro días del mes de marzo del año mil novecientos cincuenta y dos, años 109 de la Independencia, 89 de la Restauración y 22 de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.