Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.
Texto de la norma
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana a los veintiseis días del mes de febrero del año mil novecientos cincuenta y dos; años 108° de la Independencia, 89° de la Restauración y 22° de la Era de Trujillo.
El Presidente:
Porfirio Herrera,
Los Secretarios:
Rafael Ginebra Hernández,
Milady Félix de L'Official.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3° de la Constitución de la República;
PROMULGO la presente Ley, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los tres días del mes de marzo del año mil novecientos cincuenta y dos, años 109° de la Independencia, 89° de la Restauración y 22° de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
Resolución No. 3212, de la Cámara de Diputados, que aprueba una Tarifa de tasación de terrenos propiedad de la Común de Puerto Plata.—Gaceta Oficial No. 7400, del 15 de marzo de 1952.
LA CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA
REPUBLICA DOMINICANA
NUMERO 3212.
VISTAS las Leyes números 66, de fecha siete de agosto del año 1942, sustitutiva de los artículos 69, 70, 71 y 72 de la Ley No. 37, de Organización Comunal, de fecha 19 de marzo del año 1923; y 439 del 20 de noviembre de 1943;
VISTA la Tarifa No. 121, de fecha siete del mes de agosto del año mil novecientos cincuenta y uno, del Ayuntamiento de la
Común de Puerto Plata, por medio de la cual y en cumplimiento de las expresadas leyes, ha votado una nueva tarifa para la venta de solares y terrenos propiedad de dicho Ayuntamiento;
VISTO el artículo 22, párrafo 2o. de la Constitución del Estado,
RESUELVE:
ARTICULO UNICO: Aprobar, como al efecto aprueba, la Tarifa votada en fecha siete del mes de agosto del año mil novecientos cincuenta y uno, por el Ayuntamiento de la Común de Puerto Plata, que copiada a la letra dice así:
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.