Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.
Texto de la norma
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los catorce días del mes de septiembre del año mil novecientos cincuenta; años 107º de la Independencia, 88º de la Restauración y 21º de la Era de Trujillo.
El Presidente,
Los Secretarios:
Porfirio Herrera.
Federico Nina hijo.
Rafael Ginebra Hernández,
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3º de la Constitución de la República;
PROMULGO la presente Resolución, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veinticuatro días del mes de septiembre del año mil novecientos cincuenta, años 107º de la Independencia, 88º de la Restauración y 21º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
Resolución Nº 2521, del Congreso Nacional, que aprueba un contrato con la Compañía Eléctrica de Santo Domingo, C. por A., para el servicio de energía eléctrica en Monseñor Nouel.— G. O. Nº 7187, del 4 de Octubre de 1950.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
NÚMERO 2521.
VISTO el inciso 21 del artículo 33 de la Constitución de la República;
VISTO el Contrato suscrito el día 22 del mes de agosto del año mil novecientos cincuenta, entre el Gobierno de la República Dominicana por sí, y en representación del Honorable Ayuntamiento de la común de Monseñor Nouel, y la Compañía Eléctrica de Santo Domingo, C. por A.
RESUELVE:
UNICO:— Aprobar el Contrato suscrito el día 22 del mes de agosto del año mil novecientos cincuenta, entre el Gobierno de la República Dominicana, por sí, y en representación del Honorable Ayuntamiento de la común de Monseñor Nouel y la Compañía Eléctrica de Santo Domingo, C. por A., por el cual la referida Compañía se compromete a extender a todo el territorio de la común de Monseñor Nouel, el servicio de energía elé-
trica, bajo las mismas condiciones estipuladas en el contrato intervenido entre el Estado Dominicano y la Compañía Eléctrica de Santo Domingo, C. por A., en fecha 5 de Julio de 1946, que copiado a la letra dice así:
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.