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Resolución

Resolución 3467

DEL CONGRESO NACIONAL, QUE APRUEBA UN CONTRATO DE PERMUTA CON LA SOCIEDAD INMOBILIARIA DOMINICANA, C. POR A.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
27 dic de 1952fecha
Venta, donación o permuta de inmueblestipo
G. O. 7547Gaceta Oficial del 1 ene de 1952
Congreso Nacionalórgano

Contraparte y monto

Contraparte
Sociedad Inmobiliaria Dominicana C. por A. (empresa)

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.

Texto de la norma
DADA en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veintisiete días del mes de diciembre del año mil novecientos cincuenta y dos, años 109° de la Independencia, 90° de la Restauración y 23o. de la Era de Trujillo. HECTOR B. TRUJILLO MOLINA. Resolución No. 3467, del Congreso Nacional, que aprueba un Contrato de permuta con la Sociedad Inmobiliaria Dominicana, C. por A. (Gaceta Oficial No. 7547 del 8 de abril de 1953) EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República NUMERO 3467. VISTO el inciso 21 del artículo 33 de la Constitución de la República; VISTO el Contrato suscrito el día quince de octubre del año 1952, entre el Estado Dominicano, representado por el señor doctor Salvador Aybar Mella, Administrador General de Bienes Nacionales, y la Sociedad Inmobiliaria Dominicana, C. por A., representada por el señor Angel E. Elmudesi, por virtud del cual el primero permuta a la segunda una casa de dos plantas de mampostería y madera, techada de zinc y el solar en que está edificada, por la parcela No. 11 de la porción C, del Distrito Catastral No. 1, propiedad de la Común de Santiago, RESUELVE: UNICO.—Aprobar el Contrato suscrito el día 15 de octubre del año 1952, entre el Estado Dominicano, representado por el señor doctor Salvador Aybar Mella, Administrador General de Bienes Nacionales y la Sociedad Inmobiliaria Dominicana C. por A., representada por el señor Angel E. Elmudesi, por virtud del cual el primero permuta a la segunda una casa de dos plantas de mampostería y madera, techada de zinc y el solar en que está edificada, por la parcela No. 11 de la porción C, del Distrito Catastral No. 1, propiedad de la Común de Santiago, que copiado a la letra dice así:

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona