Texto de la norma
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RAI".'iEh, LSOSIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la Republica Dominicana
En cjercicio de la atribuci6n que me confiere el articulo 49,
inciso 3 0 d e la Constituci6n de IC, Rephblica:
PROJtULGO la p r e - ~
lite RES 'ucijll, y mando que sea publi-
Lads
Cacata O f i c i ~ ' pars su curio-iniicnto y cumplimier,t;.
DADA en Ciudfid Trujillo. Distiito de Santo Domingo, Ca-
pital de la Republica Dominicana, a 10s veintisiLte dias del mes
de diciembr. del aiio a i l novecientos cuarenta y ocho, afios
1050 de la Independencia, 860 de h Restauracih y 199 de la
Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
Resolucibn Nv 1889, del Congreso Nacional, que aprueba el Convenio In-
ternacicnal de Tclccomunicaciones, 10s Reglamentos de Radiocomunica-
ciones anexos a1 Convenio y el Protocolo Adicional a1 mismo, suscrito en
Atlantic City, E. U. de A., en el afio 1947.-
G. 0. NP 7001, del 13 de
Marzo de 1950.
1)
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la Republica
NUMERO 1889.
Visto el inciso 15 doel articulo 33 de la Constitucih de la
Repiiblica ;
Vish el Convenio Internacional dr Telecomunicaciones J'
Protocolos adicionales a1 mismo, suscritas el 2 de Octubre de
1947 en las Conf erencias Internacionales de Telecomunicado-
nes y de Radiocomunicaciones celebradas en Atltintic City New
Jersey, Estados Unidos de Ambrica, y de 10s cuales es signata-
ria la Rep6blica,
R E S U E L V E :
UNICO :- Aprobar .:I
Convenio Internacional de Teleco-
municaciones y 10s Protocolos adicionales a1 mismo, suscritos
el 2 de Octubre de 1947 en las C'onferencias Internacionales de
Telecomunicaciones
y de Radiocomunicaciones oelebradas
en
Atlantic City, New Jersey, Estados Unidos de America, y de
10s cuales es signataria la Repdblica, que copiados a la letra di-
cen asi: (Nota.-
El texto cornpleto d:I Convenio figura publi-
cad0 en la Gaceta Oficial No 7091, del 13 de Marzo d'e 1950).
DADA en la Sala de Sesiones del Palacio del Senado, en
riudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la Re-
piiblica Dominicana, a 10s nume dias del mes de diciembre del
*
año mil novecientos cuarenta y ocho; años 105º de la Independencia, 86º de la Restauración y 19º de la Era de Trujillo.
M. de J. Troncoso de la Concha,
Presidente.
Agustín Aristy,
Secretario.
Germán Soriano,
Secretario.
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los quince días del mes de diciembre del año mil novecientos cuarenta y ocho; años 105º de la Independencia, 86º de la Restauración y 19º de la Era de Trujillo.
El Presidente:
Porfirio Herrera.
Los Secretarios:
Federico Nina hijo.
Milady Félix de L'Official.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de la atribución que me confiere el inciso 3º del artículo 49 de la Constitución de la República;
PROMULGO la presente Resolución, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veintiocho días del mes de diciembre del año mil novecientos cuarenta y ocho, años 105º de la Independencia, 86º de la Restauración y 19º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
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