Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.
Texto de la norma
año mil novecientos cincuenta y dos; años 109 de la Independencia, 90 de la Restauración y 23 de la Era de Trujillo.
EL PRESIDENTE: Porfirio Herrera.
LOS SECRETARIOS: Rafael Ginebra Hernández. Ramón de Windt Lavandier.
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3o. de la Constitución de la República;
PROMULGO la presente Ley, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los trece días del mes de noviembre del año mil novecientos cincuenta y dos; años 109 de la Independencia, 90 de la Restauración y 23 de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
Resolución No. 3424, del Congreso Nacional, que aprueba un contrato de permuta de inmuebles, entre el Estado y la señorita Gloria Marti. (Gaceta Oficial No. 7506, del 17 de diciembre de 1952)
EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República
NUMERO 3424.
VISTO el inciso 21 del artículo 33 de la Constitución de la República;
VISTO el Contrato suscrito el día dos del mes de octubre del año mil novecientos cincuenta y dos, entre el Estado Dominicano, representado por el Doctor Jaime Antonio Guererro Avila, Administrador General de Bienes Nacionales y la señorita Gloria Martí, por el cual se permuta la casa No. 7 y su solar, del Barrio de Mejoramiento Social de Samaná, propiedad del Estado, por el solar que fué ocupado para la construcción del edificio de la Oficina Sanitaria Provincial de Samaná, propiedad de la referida señorita Gloria Martí.
RESUELVE:
UNICO:—Aprobar el Contrato suscrito el día dos del mes de octubre del año mil novecientos cincuenta y dos, entre el Es-
tado Dominicano, representado por el Doctor Jaime Antonio Guerrero Avila, Adminsitrador General de Bienes Nacionales y la señorita Gloria Martí, por el cual se permuta la casa No. 7 y su solar, del Barrio de Mejoramiento Social de Samaná, propiedad del Estado, por el solar que fué ocupado para la construcción del edificio de la Oficina Sanitaria Provincial de Samaná, propiedad de la referida señorita Gloria Martí, que copiado a la letra dice así:
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.