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Abriendo la resolución…

Resolución

Resolución 3394

DE LA CAMARA DE DIPUTADOS QUE AUTORIZA LA DONACION DE UNA PORCION DE TERRENO EN EL CEMENTERIO DE LA COMUN DE PEÑA

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
10 oct de 1952fecha
Venta, donación o permuta de inmueblestipo
G. O. 7509Gaceta Oficial del 1 ene de 1952
Cámara de Diputadosórgano

Contraparte y monto

Contraparte
Ana Rosa Polanco

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Texto de la norma
NUMERO 3394. Vista la Resolución votada por el Ayuntamiento de la Común de Peña, en fecha cinco de septiembre del año 1952, que copiada a la letra dice así: Número 6.— CONSIDERANDO: Que Gregorio Polanco, fué ciudadano dotado de eminentes virtudes cívicas, prócer de la Restauración y abnegado hijo de la República, en favor de la cual agotó su más heroico sacrificio; CONSIDERANDO: Que es deber de esta Comunidad, reconocer los grandes méritos del valiente soldado fenecido; VISTA la instancia elevada al Ayuntamiento de esta Común, en fecha 16 de julio del presente año, por ANA ROSA POLANCO, solicitando le sea donado en el cementerio de esta localidad un cuadro de terreno, para erigir una tumba al destacado restaurador fallecido; EL AYUNTAMIENTO DE LA COMUN DE PEÑA En uso de sus facultades legales. RESUELVE: Art. 1o.— Donar, como por la presente dona, en favor de Ana Rosa Polanco, siete pies por cuatro (7x4) de terreno en el mismo sitio donde está enterrado en el cementerio de esta población de Peña (Tamboril), el restaurador Gregorio Polanco, con el objeto de erigirle una tumba. Art. 2o.— Autorizar al Síndico Municipal, como por la presente queda autorizado, para que después de cumplidos los trámites legales, firme en representación de la Común, el acto de donación que habrá de instrumentarse. donación que habrá que intrumentarse al efecto. Art. 3º— La presente Resolución será sometida, por la Vía correspondiente, a la aprobación constitucional de la Cámara de Diputados. Dada en la Sala de Sesiones del Ayuntamiento de la Común de Peña, a los cinco días del mes de septiembre del año mil novecientos cincuentidos; años 109º de la Independencia, 90º de la Restauración y 23º de la Era de Trujillo. (firmados) : Manuel de Js. Germosén, Vicepresidente del Ayuntamiento en funciones; Agron. Rafael Peña Durán, Síndico Municipal; Tomás Gómez Estrella, Secretario del Ayuntamiento. En uso de la atribución que le confiere el inciso 2º del artículo 22 de la Constitución de la República: RESUELVE: UNICO.— Autorizar, como por la presente Resolución autoriza al Ayuntamiento de la Común de Peña, a donar, de acuerdo con su Resolución No. 6, de fecha cinco de septiembre del año 1952, una porción de tereno en favor de Ana Rosa Polanco, con el fin de erigirle una tumba al Restaurador Gregorio Polanco, cuyos detalles se especifican en el texto de la Resolución más arriba transcrita. DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la Repú- blica Dominicana, a los siete días del mes de octubre del año mil novecientos cincuenta y dos; años 109º de la Independencia; 90º de la Restauración y 23º de la Era de Trujillo. EL PRESIDENTE: Porfirio Herrera. LOS SECRETARIOS: Rafael Ginebra Hernández. Ramón de Windt Lavandier. HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3o. de la Constitución de la República; PROMULGO la prssente Resolución, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento. DADA en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los diez días del mes de octubre del año mil novecientos cincuenta y dos, años 109º de la Independencia, 90º de la Restauración y 23º de la Era de Trujillo. HECTOR B. TRUJILLO MOLINA

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona