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Abriendo la resolución…

Resolución

Resolución 1670

QUE APRUEBA UN CONTRATO ENTRE EL ESTADO Y LA LOCK JOINT PIPE COMPANY, PARA LA CONSTRUCCION DE UN SISTEMA DE ENERGIA ELECTRICA EN HIGUEY

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
13 mar de 1948fecha
Contrato o conveniotipo
G. O. 6766Gaceta Oficial del 1 ene de 1948
Congreso Nacionalórgano

Contraparte y monto

Contraparte
Lock Joint Pipe Company (empresa)

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.

Texto de la norma
Resolución Nº 1670 que aprueba un contrato entre el Estado y la Lock Joint Pipe Company, para la construcción de un sistema de energía eléctrica en Higüey.— G. O. Nº 6766, del 20 de Marzo de 1948. EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República NUMERO 1670. VISTO el Inciso 21 del Artículo 33 de la Constitución de la República; VISTO el Contrato suscrito por el Estado Dominicano, representado legalmente por el señor Anselmo A. Paulino Alvarez, Secreario de Estado de lo Interior y Policía, y la Lock Joint Pipe Company, de East Orange, New Jersey, Estados Unidos de América, debidamente representada por su Presidente señor Allan M. Hirsh, en fecha 11 de febrero de 1948, para la construcción de un sistema de distribución de corriente eléctrica, del tipo de tendido aéreo, para la población de Higüey; RESUELVE: UNICO: Aprobar, como por la presente aprueba, el Contrato suscrito entre el Estado Dominicano y la Lock Joint Pipe Company, en fecha 11 de febrero de 1948, que copiado a la letra dice así:

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona