Texto de la norma
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los dieciocho días del mes de mayo del año mil novecientos cincuenta; años 107º de la Independencia, 87º de la Restauración y 21º de la Era de Trujillo.
El Presidente:
Porfirio Herrera.
Los Secretarios:
Federico Nina hijo.
Rafael Ginebra Hernández.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3º de la Constitución de la República;
PROMULGO la presente Ley, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veinte días del mes de mayo del año mil novecientos cincuenta, años 107º de la Independencia, 87º de la Restauración y 21º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
Resolución Nº 2396, del Congreso Nacional, que prorroga la actual legislatura ordinaria.— G. O. Nº 7125, del 24 de Mayo de 1950.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
NUMERO 2396.
VISTO el artículo 29, inciso único de la Constitución de la República,
RESUELVE:
UNICO.— Prorrogar hasta por sesenta días más, a contar del 28 de mayo del corriente año, la actual legislatura ordinaria, iniciada el día 27 de febrero de 1950.
DADA en la Sala de Sesiones del Palacio del Senado, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los dieciocho días del mes de mayo del año mil novecientos cincuenta; años 107º de la Independencia, 87º de la Restauración y 21º de la Era de Trujillo.
M. de J. Troncoso de la Concha,
Presidente.
Germán Soriano,
Secretario.
R. Paíno Pichardo,
Secretario ad-hoc.
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados,
èn Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los dieciocho días del mes de mayo del año mil novecientos cincuenta; años 107º de la Independencia, 87º de la Restauración y 21º de la Era de Trujillo.
El Presidente:
Porfirio Herrera.
Los Secretarios:
Federico Nina hijo.
Rafael Ginebra Hernández,
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de la atribución que me confiere el inciso 3º del artículo 49 de la Constitución de la República;
PROMULGO la presente Resolución, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veinte días del mes de mayo del año mil novecientos cincuenta, años 107º de la Independencia, 87º de la Restauración y 21º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
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