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Texto de la norma
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la Rep6bliea Dominicana
En ejercicio de la atribuci6n que me confiere el artfculo
49, inciso 39 de la ConstitucMn de la Repiiblica;
P R O M W O la presente Ley y mando que sea publicada
en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cu.mplimiento.
DADA en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Ca-
pital de la Repdblica Dominicana, a 10s diwisiete dias del mw
de marzo del ail0 mil novecientos cincuenta, aiios 1079 de la In-
dependencia, 879 de la Restauracibn y 209 de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
Resoluci6n Nv 2297, de la Cdmara de Diputados, que aprueba una per-
huta de terreno efectuada por el Consejo Administrativo del Distrito de
Santo Domingo.-
G. 0. Nv 7099, del 3 de Gril de 1969.
LA CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA
REPUBLICA DOMINWANA
~-
NUMERO 229‘7.
En us0 de la atribuci6n que le confiere el inciso 20 del ar-
ticulo 22 de la Constituci6n de la Rephblica;
Vista la Remluci6n votada por el Consejo Mministrativo
del Distrito de Santo Domingo, en fecha veintiuno del mes dd
febrero del aiio mil novecientos cincuenta;
R E S U E L V E :
uNL00.- Autorizar, oomo por la presente Resoluci6n ail-
toriza a1 Consejo Administrativo del Distrito de Santo Domin-
go, a permutar, de acuerdo con su Resolucidn de fecha veinti-
uno del mes de febrero del aiio mil novecientos cincuenta, un
solar de su propiedad, de 16.m metros cuadrados, por una por-
ci6n de terreno de 168.B metros cuadrados dentro del solar
Ne 1-A-l-A, de la manzana NO 447 del Distrito Catastral NO
1, del Distrito de Santo Domingo, propiedad del Sr. Jean Pie-
rre Jules Collete; cuyas colindancias se especifican en el texto
de la Resolucih m&s abajo transcrita que copiada a la letri
dice asf:
“RESOLUCION NUM. 117 bis/50.
EL CONSEJO ADMINWTRATIVO DEL DISTRITO DE
SANTO DOMING0
Er us0 de sus atribuciones legales,
CONSIDERA’NDO: que el Sefior Geo Pou, de nacionalidad
dominicana. por ador de la c6dula personal de identidad NO
[cédula], con sello vigente de Rentas Internas NQ 1Ei35,
se ha dirigido a este Organismo, por carta de fecha 9 de enero de 1950, en representación del Señor Jean Pierre Jules Collete, quien es propietario del solar Nº 1-A-1-A, de la manzana Nº 448, del Distrito Catastral Nº 1, del Distrito de Santo Domingo, solicitando le sea permutado una porción de terreno, propiedad del Distrito, de 16.38 M2, que con motivo de la alineación de la Avenida Bolivar ha quedado dentro de su solar y tiene las siguientes colindancias: Norte y Este, solar Nº 1-A-1-A, manzana Nº 447, del Distrito Catastral Nº 1, del Distrito de Santo Domingo; Sur, Avenida Bolívar; y Oeste, Calle Máximo Cabral;
CONSIDERANDO: que la porción de terreno antes aludida no le es de ninguna utilidad al Distrito de Santo Domingo;
CONSIDERANDO: que con la alineación de la Avenida Bolivar fué necesario tomar del solar propiedad del Señor Jean Pierre Jules Collete, la cantidad de 168.93 M2;
POR TANTO, en uso de las atribuciones que le confiere el párrafo 17 del artículo 20, de la Ley Nº 996, Orgánica del Distrito de Santo Domingo,
RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO: Permutar al Señor Jean Pierre Jules Collete, por mediación de su representante, el Señor Geo Pou, cuyas generales constan en el primer considerando de esta Resolución, una porción de terreno de 168.93 M2 del solar Nº 1-A-1-A, de la manzana Nº 447, del Distrito Catastral Nº 1, del Distrito de Santo Domingo, la cual tiene las siguientes colindancias: Norte, el solar del cual forma parte; Sur, Este y Oeste, Avenida Bolívar; por la porción propiedad del Distrito de Santo Domingo que a continuación se describe: una extensión de 16.38 M2 enclavada dentro de los siguientes linderos: Norte y Este, solar Nº 1-A-1-A, manzana Nº 447, del Distrito Catastral Nº 1, del Distrito de SantoDomingo; Sur, Avenida Bolívar; Oeste, Calle Máximo Cabral.
PARRAFO.— El Presidente del Consejo Administrativo del Distrito de Santo Domingo, queda expresamente autorizado para suscribir los documentos relacionados con la presente permuta.
ARTICULO SEGUNDO.— La presente Resolución será enviada a la Cámara de Diputados para fines de Ley.
DADA en el Salón de Actos del Palacio del Distrito, en Ciudad Trujillo, Capital del Distrito de Santo Domingo y de la República Dominicana en la sesión extraordinaria celebrada el día veinte y uno del mes de Febrero de mil novecientos cincuenta, años 107º de la Independencia, 87º de la Restauración y 20º de la Era de Trujillo.— (fdo.) VIRGILIO ALVAREZ SANCHEZ, Presidente.— (fdo.) Arturo Bonetti, Secretario."
CERTIFICO: que la presente es copia fiel y conforme al
original que reposa en los archivos a mi cargo.— (fdo.) Arturo Bonetti, Secretario del Consejo Administrativo del Distrito de Santo Domingo.
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los quince días del mes de marzo del año mil novecientos cincuenta; años 107º de la Independencia, 87º de la Restauración y 20º de la Era de Trujillo.
El Presidente:
Los Secretarios:
Federico Nina hijo.
Rafael Ginebra Hernández.
Porfirio Herrera.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3º de la Constitución de la República;
PROMULGO la presente Resolución, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los diecisiete días del mes de marzo del año mil novecientos cincuenta; años 107º de la Independencia, 87º de la Restauración y 20º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
Resolución Nº 2298, de la Cámara de Diputados, que aprueba una tarifa para la venta y arrendamiento de terrenos propiedad de la Común de Puerto Plata.— G. O. Nº 7115, del 28 de Abril de 1950.
LA CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA
REPUBLICA DOMINICANA
NUMERO 2298.
VISTAS las Leyes números 66 de fecha siete de agosto del año 1942, sustitutiva de los artículos 69, 70, 71 y 72 de la Ley Nº 37, de Organización Comunal, de fecha 19 de marzo del año mil novecientos veintitres; y 439 del 20 de noviembre de mil novecientos cuarenta y tres;
VISTA la Ordenanza Nº 89, de fecha 20 de enero del año mil novecientos cincuenta, del Ayuntamiento de la Común de Puerto Plata, por medio de la cual y en cumplimiento de las expresadas leyes número 66 de fecha 7 de agosto de 1942, y número 439 de fecha 20 de noviembre de 1943, ha votado una tarifa para la venta y arrendamiento de terrenos rurales y urbanos, propiedad de dicho Ayuntamiento;
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.