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Resolución

Resolución 2290

DEL CONGRESO NACIONAL, QUE AUTORIZA LA ERECCION DE UN BUSTO OBELISCO EN HOMENAJE AL BENEFACTOR DE LA PATRIA EN LA CIUDAD DE LA ROMANA

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
3 mar de 1950fecha
Otrastipo
G. O. 7090Gaceta Oficial del 1 ene de 1950
Congreso Nacionalórgano

Texto

Texto de la norma
PROMULGO la presente Resolución, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento. DADA en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los tres días del mes de marzo del año mil novecientos cincuenta, años 107º de la Independencia, 87º de la Restauración y 20º de la Era de Trujillo. RAFAEL L. TRUJILLO. Resolución Nº 2290, del Congreso Nacional, que autoriza la erección de un obelisco en homenaje al Benefactor de la Patria, en la ciudad de La Romana.— G. O. Nº 7090, del 11 de Marzo de 1950. EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República NUMERO 2290. VISTA la solicitud que por medio de la Secretaría de Estado de lo Interior y Policía ha dirigido al Congreso Nacional la Sociedad Confraternidad Trujillista de Obreros Romanenses, para que se le autorice a erigir un Obelisco al Generalísimo Trujillo, de concreto armado, en la parcela propiedad de la Común situada en la intercepción de la Avenida María de los Ángeles Martínez de Trujillo y la calle Teófilo Hernández, como elocuente demostración de su inquebrantable lealtad al eximio Benefactor de la Patria. VISTA la Resolución Nº 2 de fecha 7 de febrero de 1950 del Ayuntamiento de La Romana; VISTOS los artículos 1 y 3 de la Ley Nº 638, sobre Erección de Estatuas y Monumentos, publicada en la Gaceta Oficial Núm. 6102, de fecha 27 de Junio de 1944; VISTA la Ley Nº 1687, de fecha 15 de Abril de 1948; RESUELVE: ARTICULO UNICO: Autorizar a la Sociedad Confraternidad Trujillista de Obreros Romanenses, de la ciudad de La Romana, a erigir un Obelisco de concreto armado al Benefactor de la Patria y Presidente de la República, Generalísimo Doctor Rafael Leonidas Trujillo Molina. DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veintitrés días del mes de febrero del año mil novecientos cincuenta; años 106º de la Independencia, 87º de la Restauración y 20º de la Era de Trujillo. Los Secretarios: Federico Nina hijo. Rafael Ginebra Hernández, El Presidente: Porfirio Herrera. DADA en la Sala de Sesiones del Palacio del Senado, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veintiocho días del mes de febrero del año mil novecientos cincuenta; años 107º de la Independencia, 87º de la Restauración y 20º de la Era de Trujillo. M. de J. Troncoso de la Concha, Presidente. Agustín Aristy, Secretario. Germán Soriano, Secretario. RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3º de la Constitución de la República; PROMULGO la presente Resolución, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento. DADA en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los tres días del mes de marzo del año mil novecientos cincuenta, años 107º de la Independencia, 87º de la Restauración y 20º de la Era de Trujillo. RAFAEL L. TRUJILLO. Resolución Nº 2292, del Senado, que aprueba varios nombramientos diplomáticos.— G. O. Nº 7094, del 18 de Marzo de 1950. EL SENADO DE LA REPUBLICA DOMINICANA

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona