jueves, 15 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
InstitucionesQuién dirigeSolicitudesCongresoJusticiaCasosElecciones
Resolución

Resolución 2247

DEL CONGRESO NACIONAL, QUE ARPUEBA UN CONTRATO DEL ESTADO CON LA DOMINICAN FRUIT AND STEAMSHIP COMPANY, C. POR A.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
23 ene de 1950fecha
Venta, donación o permuta de inmueblestipo
G. O. 7072Gaceta Oficial del 1 ene de 1950
Congreso Nacionalórgano

Contraparte y monto

Contraparte
Dominican Fruit and Steamship Company, C. por A (empresa)

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.

Texto de la norma
creción del Tribunal competente. Los Juzgados de Paz son competentes para conocer de estas infracciones. Art. 3. — Esta Ley deroga la Ley Nº 74 de fecha 9 de Enero de 1931, modificada por las Nos. 141 del 20 de Mayo de 1931 y 880 del 4 de Abril de 1935. DADA en la Sala de Sesiones del Palacio del Senado, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los diecinueve días del mes de enero del año mil novecientos cincuenta; años 106º de la Independencia, 87º de la Restauración y 20º de la Era de Trujillo. M. de J. Troncoso de la Concha, Presidente. Agustín Aristy, Secretario. Germán Soriano, Secretario. DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los diecinueve días del mes de enero del año mil novecientos cincuenta; años 106º de la Independencia, 87º de la Restauración y 20º de la Era de Trujillo. El Presidente: Porfirio Herrera. Los Secretarios: Federico Nina hijo. Rafael Ginebra Hernández. RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3º de la Constitución de la República; PROMULGO la presente Ley y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento. DADA en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veintitrés días del mes de enero del año mil novecientos cincuenta, años 106º de la Independencia, 87º de la Restauración y 20º de la Era de Trujillo. RAFAEL L. TRUJILLO. Resolución Nº 2247, del Congreso Nacional, que aprueba un Contrato del Estado con la Dominican Fruit and Steamship Company, C. por A.— G. O. Nº 7072, del 31 de Enero de 1950. EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República NUMERO 2247. Visto el inciso 21 del artículo 33 de la Constitución de la República; Visto el Contrato intervenido entre el Estado Dominicano y la Dominican Fruit and Steamship Company, C. por A., de fecha 10 de enero de 1950, relativo a la siembra, producción, compra y venta de guineos u otras plantas fructíferas en gran escala para la exportación; R E S U E L V E : UNICO: Aprobar el Contrato intervenido entre el Estado Dominicano, y la Dominican Fruit and Steamship Company, C. por A., de fecha 10 de enero de 1950, relativo a la siembra, producción, compra y venta de guineos u otras plantas fructíferas en gran escala para la exportación, que copiado a la letra dice así:

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Instituciones y poderes

Todas las secciones →
  • InstitucionesCuánto compra cada una, a quién y sus señales
  • Quién dirige cada instituciónMinistros, directores y superintendentes, con su decreto
  • Solicitudes de informaciónQué pide la ciudadanía a cada institución y cómo responde
  • JusticiaDecisiones de las altas cortes con el Estado como parte
  • Casos en los tribunalesFuncionarios imputados, próxima audiencia y cobertura
  • EleccionesCandidaturas, electos y quién ocupa cada cargo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona