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Resolución

Resolución 2186

DEL CONGRESO NACIONAL QUE APRUEBA UNA VENTA DE TERRENO PROPIEDAD DEL ESTADO

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
3 dic de 1949fecha
Venta, donación o permuta de inmueblestipo
G. O. 7044Gaceta Oficial del 1 ene de 1949
Congreso Nacionalórgano

Contraparte y monto

Contraparte
Manuel de Moya Alonzo (persona)
Monto
RD$1,500 · en el texto: «RD$1,500.00»

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.

Texto de la norma
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veinticuatro días del mes de noviembre del año mil novecientos cuarenta y nueve; años 106º de la Independencia, 87º de la Restauración y 20º de la Era de Trujillo. El Presidente, Porfirio Herrera. Los Secretarios: Federico Nina hijo. Rafael Ginebra Hernández. DADA en la Sala de Sesiones del Palacio del Senado, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veintinueve días del mes de noviembre del año mil novecientos cuarenta y nueve; años 106º de la Independencia, 87º de la Restauración y 20º de la Era de Trujillo. M. de J. Troncoso de la Concha, Presidente, Agustín Aristy, Secretario. Germán Soriano, Secretario. RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3º de la Constitución de la República; PROMULGO la presente Resolución, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento. DADA en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los tres días del mes de diciembre del año mil novecientos cuarenta y nueve, años 106º de la Independencia, 87º de la Restauración y 20º de la Era de Trujillo. RAFAEL L. TRUJILLO. Resolución Nº 2186, del Congreso Nacional, que aprueba una venta de terreno propiedad del Estado.— G. O. Nº 7044, del 15 de Diciembre de 1949. EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República NUMERO 2186. VISTO el inciso 21 del artículo 33 de la Constitución de la República; VISTO el Contrato suscrito el día 5 de Octubre de 1949, entre el Estado Dominicano, representado por el señor Licenciado Miguel Angel Rodríguez Pereyra, Director General de Bienes Nacionales y el señor Manuel de Moya Alonzo, por virtud del cual el primero vende al segundo en la suma de RD$1.500.00 una porción de terreno que tiene una extensión superficial de 103.59 tareas, dentro de la parcela Nº 323 del D.C. Nº 3, Común y Provincia de La Vega, con todas sus mejoras, RESUELVE: UNICO: Aprobar el Contrato suscrito el día 5 de Octubre de 1939, entre el Estado Dominicano, representado por el señor Licenciado Miguel Angel Rodriguez Pereyra, Director General de Bienes Nacionales y el señor Manuel de Moya Alonzo, en virtud del cual el primero vende al segundo en la suma de RD$1,500.00 una porción de terreno que tiene una extensión superficial de 103.59 tareas, dentro de la parcela Nº 323 del D.C. Nº 3, Común y Provincia de La Vega, con todas sus mejoras, que copiado a la letra dice así:

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona