Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.
Texto de la norma
mil novecientos cuarenta y nueve; años 106º de la Independencia, 87º de la Restauración y 20º de la Era de Trujillo.
M. de J. Troncoso de la Concha, Presidente.
Agustín Aristy, Secretario.
Daniel Henríquez V., Secretario ad-hoc.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de la atribución que me confiere el inciso 3º del artículo 49, de la Constitución de la República;
PROMULGO la presente Resolución, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veinticinco días del mes de octubre del año mil novecientos cuarenta y nueve, años 106º de la Independencia, 87º de la Restauración y 20º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
Resolución Nº 2142, del Congreso Nacional, que aprueba una donación de un inmueble del Estado.— G. O. Nº 7019, del 2 de Noviembre de 1949.
EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República
NUMERO 2142.
VISTO el inciso 21 del artículo 33 de la Constitución de la República;
VISTO el acto de donación suscrito en fecha 20 de Septiembre de 1949, entre el Estado Dominicano, representado por el Doctor Conrado Licairac, Secretario de Estado de Previsión Social, y la señora Aura Castellanos viuda Mella;
RESUELVE:
UNICO:— Aprobar el acto de donación suscrito en fecha 20 de Septiembre de 1949, entre el Estado, representado por el Doctor Conrado Licairac, Secretario de Estado de Previsión Social, y la señora Aura Castellanos viuda Mella, mediante el cual el primero dona a la segunda el Solar Nº 23, de la Manzana Nº 908, del Distrito Catastral Nº 1 del Distrito de Santo Domingo, con una extensión superficial de 490 metros cuadrados; que copiado a la letra dice así:
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.