Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.
Texto de la norma
Art. 15. — El Poder Ejecutivo dictará los reglamentos que fueren necesarios para la cabal ejecución de la presente ley.
DADA en la Sala de Sesiones del Palacio del Senado, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los diecinueve días del mes de octubre del año mil novecientos cuarenta y nueve; años 106º de la Independencia, 87º de la Restauración y 20º de la Era de Trujillo.
M. de J. Troncoso de la Concha, Presidente.
Agustín Aristy, Secretario.
Daniel Henríquez V., Secretario ad-hoc.
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veinte días del mes de octubre del año mil novecientos cuarenta y nueve; años 106º de la Independencia, 87º de la Restauración y 20º de la Era de Trujillo.
EL VICEPRESIDENTE EN FUNCIONES,
Los Secretarios: Francisco Prats Ramírez,
Federico Nina hijo.
Milady Félix de L'Official.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3º de la Constitución de la República;
PROMULGO la presente Ley, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veintidos días del mes de octubre del año mil novecientos cuarenta y nueve, años 106º de la Independencia, 87º de la Restauración y 20º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
Resolución Nº 2137, de la Cámara de Diputados, que aprueba la permuta de un solar de la Común de San Juan de la Maguana.— G. O. Nº 7018, del 1º de Noviembre de 1949.
LA CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA
REPUBLICA DOMINICANA
NUMERO 2137.
VISTO el inciso 2 del artículo 22 de la Constitución de la República;
VISTA la Resolución dictada en fecha 3 de Octubre del 1949 por el Ayuntamiento de la Común de San Juan de la Maguana, mediante la cual se modifica el artículo primero de la Resolución dictada por este mismo Ayuntamiento, en fecha 17 de Mayo de 1949;
RESUELVE:
UNICO: Autorizar al Ayuntamiento de la Común de San Juan de la Maguana a efectuar la permuta acordada en su Resolución de fecha 17 de Mayo de 1949, previamente autorizada por esta Cámara de Diputados, con la modificación hecha en su Art. 1 por Resolución de fecha 3 de Octubre de 1949, que copiada a la letra dice así:
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.