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Resolución

Resolución 2441

DE LA CAMARA DE DIPUTADOS, QUE APRUEBA UN EMPRESITO DEL CONSEJO ADMINISTRATIVO DEL DISTRITO DE SANTO DOMINGO POR RD$1,300,000.00

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
8 jul de 1950fecha
Otrastipo
G. O. 7146Gaceta Oficial del 1 ene de 1950
Cámara de Diputadosórgano

Texto

Es el texto de la página de la Colección de Leyes donde se publicó: puede incluir el final de la norma anterior y el comienzo de la siguiente.

Mostrar el texto (16,474 caracteres)
Resolueih NQ 2441, de la Wmara de Diputados, que aprueba un emprestito del Consejo Administrativo del Distrito de Santo Domingo por ~1,300,oOa.W.- 5;. 0. NQ ‘7146, del 12 de Julio de 1950. L A CAMARA DE DIPUTADOS RE LA REPUBLICA DOMINZCANA NUMERQ 2441. En us10 de h atnibwih que le confiere el i n c h 2Q bel ar- tkulo 2!2 de 1% Constitiuci6.n de la Repfiblica; Vista la WoIuci6n mtada por el Cowejo Administrakivo del Distrito de Santo Darning-0, en kcha 17 de Junio del aiio 1950, que mpiada a la letra dice asi: “RESOLUCION NUM. 130/50. EL CONSEJO ADNINIS’I’RATIVO DEL DISTRITO DE SANTO DOMINIGO, CONSIDERANDO que el arreglo y pavimentacih de las calks de C i u M Tmjillo constituye la mn$s alta y sentids ne- midad uhana para la Caplftal de la Repfibha; CONSIDEIRANDO que de acuerdo con 103 planw y p ~ s u - puestos pmpara~~cs por h s oficinas tknicas mmpetentes se ht estimado el emto de la ejecueib de feste proyecto en la suma de un mill6n seiscientos tmil pesos o m (RD$1,600,000.00) ; CONmERANDO que el Consejo Administrativo del Dis- ltrito de Santo Domingo, viene procediendo a la ejecuci6n par- lcial de sste plan sujeto a sus ingresos presupueskles orclinarios : CONSIDERANDO que para la rinmediata y cabal realiza- cirjn de e&a obra, que habri de representar uno de 10s expo- nentes de progreso mas revelantes pare la urbe, se justifica la Iconveniencia de concertar Nun emprCstito d’e chasta un rnillh trescientos mil peso os or0 (RD$1,300,000. OF), por medio dIe una, ermisi6n die bonota oonfome las dispolslilcimes legalles que rigen la materia; En ejercicio de la atribucih que le confiere el inciso 22, d~el Art. 20 de la Ley OrgAnica del Distrito de Santo Diomingo, Nfimero 996, de fecha 14 de Septiembre de 1945; VISTA la Ley sobre ellupr6stitos Municipales, Numero 186. de fwha 6 de febrero de 1943; modificada por la Num. 1774 del 26 de julio de 1948; S E S U E L V E : ARTICULO 1.- Se dispcne la reabizaci6n, diesipu6s d: cum- plidas todas las formaliclades prescritas por la Constituci6n 3’ bs Leyes, de un eanrpr6stito de UN MILLON TmR&BCIEWOS MIL PESOS ORO (RD$1,300,000.00), mediante la emisión y venta de un mil trescientos (1,300) bonos de a un mil pesos oro (RD$1,000.00) cada uno, con sus cupones de intereses anexos. Estos bonos vencerán el día 30 de junio de 1960 y producirán intereses al cinco por ciento (5%) anual desde la fecha de su emisión hasta la fecha de su pago. Los intereses vencidos se pagarán contra entrega de los cupones correspondientes, el 30 de junio y el 31 de diciembre de cada año. ARTICULO 2.— Los bonos de este empréstito se venderán por el Consejo Administrativo, cuando menos, por su valor nominal más los intereses devengados; y serán amortizados en la forma establecida en la presente Resolución. ARTICULO 3.— El capital obtenido por la emisión y venta de los mencionados bonos, será destinado exclusivamente al arreglo y pavimentación de las avenidas y calles de Ciudad Trujillo, conforme los planos y presupuestos sometidos por la Dirección de Ornato y Obras Públicas Urbanas de este organismo, y que comprende, en líneas generales, las siguientes obras: a) Dentro de un sector urbano de 100 kilómetros de calle y que tiene por perímetro las calles Padre Pina hasta Arístides Fiallo Cabral; por esta última hacia el Este hasta la Avenida Paulo III; luego al Norte, hasta la Avenida José Contreras; al Este, hasta la Avenida Máximo Gómez; al Norte, hasta la prolongación de la Avenida Francia; al Este, hasta la calle Leopoldo Navarro; de ésta, hasta la Avenida Presidente Ríos; por ésta, hasta la Avenida San Martín; luego al Oeste, hasta la calle Barahona; por ésta, al Este, hasta la calle Bartolomé Colón; siguiendo el curso de ésta, al Este, hasta la calle Filantrónica; siguiendo su curso y el de la Avenida Braulio Alvarez, hasta la calle José Martí; luego ésta, hacia el Sur, hasta la calle Caracas; de aquí hacia el Este hasta la calle Fermín Chevalier; continuando ésta, al Sur, hasta la calle Félix María Ruíz; por ésta, hasta el Río Ozama, y siguiendo toda la margen derecha, hacia el Sur, y luego la del Mar Caribe, hasta el punto de partida; se procederá 1º: a la reparación de 15 kilómetros lineales de calles; 2º: a la pavimentación con afirmado de primera clase, de 30 kilómetros lineales de calle; 3º: a la pavimentación, con afirmado de segunda clase, de 32 kilómetros lineales de calles; 4º: a la construcción de 5 kilómetros lineales de alcantarillas; 5º: a la construcción de 1 kilómetro lineal de ramales de alcantarillas; 6º: a la construcción de contenes y cunetas a 30 kilómetros lineales de calles; 7º: a la construcción de aceras ornamentales a 34 kilómetros lineales de calles; b) Dentro de un sector aproximadamente 64 kilómetros lineales de calles, proceder al arreglo y pavimentación de un gran número de vías de comunicación urbana radicadas en su mayor 4 1 3 - parte cn 10s sitias altos ,die la ciudad, 0 dentro de deternlinF,d,-,j barrios Y ensanches de la urbe, avariindose la categoria :le l J 3 trabajoS de aCUtrd0 con la necesidad e i ~ ~ o ~ - t n n c , a de djchaq vias de eomunicacih. En este iiltimo secto1- se ConstrLIirin: 10. pavimento ~ 3 ~ 1 afirmado ,de prirnera clase a 4 kilbn:,tros li- nealies de calles; 20, pavimento con aficmado de seguiidn clasc a 15 kil6metros lineaks de calles ; 39, pavimento de tercera cia- se a 45 IkiI6mtetros linealels d'e calles. ARTICULO 4.- Con el prop6sito de que toga persona in- teresada en adquirir bonos de este emprCstito pueda h ~ e r o- iysortunsmente sus ofertas, se *awisara en uno de 10s peri6:licos de circulacibn nacional con diez dias de anticipacih, cunnJ:, :menos. la fecha en que serh emitidos estos bonos, el ralw y dclnominaei6n de 10s mismos, la forma de amortizacih <?el ca- pital y pago de 10s interws, y la fecha de vencimiento, con lu menci6n de que ieste emprBstito se oharb de conformidad con las dispeiciones de la Ley No 186 sobre emprkstitos Munici- bales, mdificida por la Ley NQ 1774, de fixha 26 de iulio d ? 1948. de aaxerdo con 10s Grminos de la presente Rcsduci6n, 3' previa aprobacibn por la Cbmara de Diputadas. AiRCI'ICULO 5 . - Los bonos serin emiltidos eomo titu'los :&I portador, y en oonseouencia, estarirn sujetos a las dhpsicio- nes legales que se aplicam a esta clase de titulos. ARTICULO 6.- Tanto lm bonos como 10s cupones de in- k m s ~ de ate emprhstito serh firmadcs por el Presidente del Gnsejo Adwinistrativo y el Tmrero del Distrito de Sant!, bmiwo y estamrpados con el sdlo aficial del #nsejo. Ade- a, en el texb de dichos bmos d&ber&n figurar las mencio- nes siguientes: a)- Ntimero de 6rden; b)- Que f o m n parte del empr&tito de UN MLLLOK rrRESCLENTUS MIL PESOS OR0 (lRD$1,31N),000.00) Y We han .si& emirtib en oumplim.iento y ejecucih de la present. 5Mluci6n g en virbud de la Ley NQ 186 sobm Empr6stih ;Municipaks, de fwha 6 de febero de 1993, mdificaxla pcrr la Ley NP 1774, de faha 26 dje JluHo de 1948,; c)- ,&&a de apwbacitjn de la presente &sohd6n nor la CBmara de Dipuhdos; d)- Fmha de emisi6n; e)- Ii'echa de vencimienito; f)- Tip0 de hkrQ anual; 8)- Men&jn &1 Banco Depbsitario del Gobierno, lb ciudad, CDLLO Agente Fis&l del ernpr6stito; Y h)- Un estract.0 de Eos articulos 7, 8 y 10 de la p r i e Resoluci6n. ART&CULO T.- El Qnsejo Adminktrativo del Distrito de S a r h ~ mmhg;O wtisfarii las obligaciones de este mpr&j- tito mediantz dieimeve pagm seme;strales de OCEZENTJTRIES MLL TRESC~ENTOS NOIVENTA Y UN PESOS ORO CON VEINTISDTE CENTAVOS (IRD$83,391.m) y un tiltimo pa- go dme 10GHEN"IXRES MIL TRESGZENTOS NOWNTA Y UN PESOS OR.0 CON VEINTE CENTAVOS (iRwJ91.20), BU- has 64% que mrbtendrhn tanto las obligacimw ,pr amortiza- d6n del capital mmo las de abs interesm d m g a d w w m - ,wndi=tes, aegdn el ouadro que figura en el Art. 9 de h pc?- sente BesoIuci6n. 'PAmRRAF.0 1.- La amortizwi6n ge lharii por aoteas que se celebrarh en sesimes extraordinarias del Cmsejo en las meses de Junio y Diciembre de cada aiio, per0 el primer w r k o se efechrh en Diciembre del aiio 1950, sin Iperjdicio del der+ cbo que se werva el Consjo Adiministmtivo de (redimir di- chos bonos en cwlquier momento en urn proyorci6n mayur, Q en su totalidad, previa aviso de tpeinta dia~ en run peri6dim de circulaci6n naciom!, de acuerdo oon Resolucih que para el efectu dictare. C& sorbs so rn harh en prawncia del T~SONTO del Distri- to, de un IrepresentaJnte dell banco depwitario de 10s fondm de1 IGobiwno y de otro de la Palicia Nacional, y el mmultado del mismo SI? darb a m m e r pGblkamente pcrr mediol de un aviso rn 10s p.eri6diccrs de mayor cirmlaci6n. L w brim favomcidos en bs wrtew, cuando Sean presen- ,ha,dos para BU w o , dehrhn tener anexos M a s 10s cupnw que venzan despu& de la fmha fijada en el mrtjeo para el pa- go de diehos bonos, pw21s dede esa feeha dejan de-g'anar ink- peses, y el imp* dse 10s aulpones no vencidos que no est& anexos a1 bono oorrespandiente, isera reducido ad hmerse el pa- go. LOB cupones vencidos que no hubiesen sido pagadw, sc- r h pagados junto con 101s bonos. Los bonos y aupones paga- dos aerh canoelados polr el Paesidenh del Cronsejo y el Two- mro del Distrito &e Banto Doming0 inmediatamente d e s p d ~ de ejesubdo RU pago. ARlTICULO 8.- El pago de 10s bonos redimidos por sor- .tiso, Q fvencidos, y 10s augmnes vencidos se efectuarh sin prima y libre de tailat .contribueibn o ilmpuesto, nacional o municipal, a presentacicin de dilchcls bonos o cupoaas en la ofkina dell Baw co Depchsitario! de 10s fondos diel Gobiemo de leslta cidad. ARTECULO 9 .- \Para el @ago de bs inberews y amor-& mi6n del (capital de este aprBstito, d Conmjo mmimar5 e n 8 ~ 8 presup&,ols anualea, por lo menos las BWUQ que 6eg L fialan a cc?ntinuaci6n, las males Neerkn pagaderas, en cada aiio por s a e s - tres vencidos ; C o w j o Administrativo del Distrito de %to Daminffo Pago Aiio Semestral Intereses Amortizacibn Total Saldk de Capital Deuda lnicial RD$1,30O,OOO.O0 1950 Diciembre 32,500.00 50,891.27 83,381.27 1,249,198.78 Total 32,500.00 50,891.27 83,391.27 1951 Junio 31,227.72 52,163.55 83,391.27 1,196,945.18 1951 Diciembre 29,923.68 53,467.64 83,39127 1,143,477.54 Tcta? 61,151.35 105,631.19 166,782.54 1952 Junio 28,586.94 54,8104.53 83,391.27 1,038,673.2 1 1952 Diciembrre 27,216.83 56,174.44 83,391.27 1,032,498.77 Total 55,803.75 110,978.77 166,782.54 1953 J U X ~ 25,812.47 57,578.80 83,391.27 974,919.97 1953 Diciembre 24,373.00 59,01827 83,391.27 945,901.70 Total 50,185.47 116,597.07 166,782.54 1954 Junio 22,89784 60,498.78 83,391.27 855,4m.9'7 1954 Dicimbm 21,385.2Q 62,006.07 83,391.27 793,4121.90 Tota! 44,282.74 122,499.80 168,782.54 1955 Junio is,835.05 ~ ~ 5 6 . 2 2 83,391.n 729,845.68 1955 ficiembre 18,245.14 65,145.13 83,39127 664,700.55 Total 38,081.19 128,701.35 166,782.54 13% Jumo 16,617.51 66,713.78 1p3,mim 597,926.79 1956 Diciembre 14,948.17 68,443.10 83,39127 529,483.69 Total 31,565.68 135,216.86 166,782.54 1957 Judo 13,237.09 70,154.18 83,39127 459,329.51 1957 Diciembre 11,483.24 71,908.03 $3,391.27 387,421.48 Total 24,720.33 142,062.21 166,782.54 1958 Junio 9,685.54 73,705.73 83,391.27 313,715.76 1958 Diciembre 7,842.89 75,548.38 83,39137 238,167.3'7 Total 17,528.43 149,254.11 166,782.54 1959 Junio 5,954.18 77,437.09 83,391.27 16O.T3f).28 1953 Dicirembre 4,018.26 79,373.01 €3,39d.27 81,367.27 Total 9,972.44 156,810.10 166,782.54 1960 Jlunio 2,038.93 81,357.27 83,391.20 Totdl Generd 367,825.33 1,300,000.OQ 1,667,826.33 4 1 6 - ARTICULO 10.- Este 'Consejo Admilnistrativo afecta ex- clusivaxente para el paga de la amwtizaci6n e interaaes de es- tos bonos, la proporcibn qlue sea suficiente de la suma que men- s'wlmente recibe par concept0 del arrlzndamiento, por el t6r- mino de idiez aiiols, del Matadero 'Industrial y Planta de Refri- geraci6n de Ciudad Trujillo, conforme a1 Contrato su,scrito en- tre a t e organicsmo y la Ganadera Indnsbrial Dominicana, C. 'por A., de fecha 19 de Diciembre de 1949, aprobado por ;Reso- h c i h dl4 Congreso Nacianal Nhm. 2230 de feeha 30 de Di- ciembre de 1349, publicada en la Gaceta Oficial Nlim. 7055, d d 4 de enero de 1950. El Temrero del Distrito, bajo su responsabilidacl persond apar7tara mens~ua~lmente la propomion oorrespondiente para el :pago de la amortizacirjn e intereses de este emprbstito, seglin el plan elstablecido 'en el Articulo Noveno: de esta Resolucitin, la que dleblelra ser por Io menos igual a ia duodicima parte de la euma eonsignada en el preaupuesto janual para el :umplimicn- ti0 de esjtas obligaxionles, y si alguna vez ese ingreso especiali- zadlo no f uere auficiente, apartara, ademas, menswlmente c l ~ 1cm fcndos generales la cantidiad newsaria para cornpletar la duad6cima parte de la sumia consignada en el presupuesto anua! para el (servicio dle este iemprkstito, y le d a d la preferencia qlufe establece el articnlo segvndo de la Ley Nlim. 573, promul- gada el 13 de Diciiembre de 191216, paIra que dichols fondos 803 apliquen a1 pago de 10s bonos correspondientes, y sus interelse3, &on priviPegic4 sobre cuailquijer otro lcotmpromiso que estlr Con- tzie ju Administrativo haya contraido con (pensonas particulares. En consemencia, 10s vdores asi apartados #en una cuenta espeJ cia1 no podran Bier destinados a ninglin chra fin, quedatnd~o olbli- &ado el Tescmeiro del Distrito la wministrar a,l Banco deposita- rio del Gobierno, a cargo del Qual queda el servicio de este em- tpr&tito, informes pormenorizados de cadn unla dte las opera- domes relacionadas con 110s bonos de dkho emprr8stito. A,RTI.CULO 11 .- Enviar la presente Retsolucih a1 Pshr Ej'ecutivo a bin de rwabar de la CBmara de Diputaados la aprh Ibci6n aequserida por la Chnstibucitjn. DAiDA en a1 S8a16n dle Actos del Palacio de1 Distrito, en :Ciudad TrujiFlo, Capiital del Distrito de Santo Doming0 y de b ZtepGblioa Dominiwna, men la sesi6n i&ramdinaria celebradn el diai 1'7 del mes de Junio del ,aiio mil n~cYvleciientos cinouenta, aiios 1070 de ,!La Independencia, 870 de la R'estauracih y 219 de la Era de Trujil1o.- (Firmadcis) Virgilio Alvamz Siinchez, Pre- isiidenb y Artum Bonetti, Skcretarito. IR, E S U I E L V E : UNIC0:- Autorizar, loom0 por la presente ResoJoEucih au- toriza a1 Consej80 Adminisrtrativo del Distrito dle Slalntol Domini. go, dlz aceerdo ccm su R~ewlacih NQ ll30/5O, de fecha 17 de junio de 1950, a realivar un emprestito de RD$1,300.000.00, ;mediante la eniijsi6n dae 1,300 bonos de ,RD$l,W0.00 cada uno, vencederos el 30 de Julnio de 1960. DADA en' la Salra de Sesiones de la Cirmra de Diputados, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo DOmingQ, Capital de la Rlep6blica Dorninicana, a 10s cinco dias de; mes de julio del aiio mil novecientos cincuenta ; aiios 1079 dIe la Independmcia, 870 de la Resbaraoibn y 210 de Ita Ena de Trujillo. Los Secretarios: Francisco Prats Ramirez. EL VICEPRESIIDENTE EN FUNCIONLS: Fderico Nina hijo. Rafael Ginebra Hernirndez. RAFAElL LEONIDAS "RUJILLO MOLINA Pmsidente de la Rqfib31Ce Dominicans En ejercicio de la atribucibn que me confiere el articulo 49, inciso 39 de la Constitucih de la Riep6blica; PRCiMULGO la pcresente Resolucibn, y mando que sea publi- cada en la Gaceta Oficial para su conlwimieto y cumplimiento. DADA en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Ca- pital de 'la Reptiblica Dominicana, a 10s who dias, del mes de julio del aiio mil nsovecientos ciecuenh, aiios 1070 de la 1ndp.L pendencia, 870 de la Restauracih y 219 de h Era de Trujillo. RAJ?AJ& L. 7lFtUJI'LLO. Resoluci6n NQ 2442, de la Cimara de Diputados, que aprueba la venta de un inmueble del Consejo Administrativo del Distrito de Santo Dominzo.- G. 0. NQ 7148, del 15 de Juilio de 1950. LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA FbEPUBLIU DOMINECANA NUMERO 2442. Vista la Resoluci6n vohada por el Consejo Administrative dfel Distrito de Santo Domingo, ten fecha dilecimis de junio del aiio mil novscientols cincuenba, que oopiada a la Eetra dice asit RESOLUGION N'J 129/510, EL CONSEJO ADMINIS'I'IRA'I'IWO DEL DBTRITO DE SANTO DOMINIGO: C9NSIDERANDO: que el Seiior Manuel de Moya Alonm, dominicano, casado, de 'aste domicilio y residencia, porhadm de la CCdida Pe1r;sonal de Identidad N9 [cédula], Seri3e 47, Ssello expe- dido pana el aiio 1950, NO 21715, ha sollicitado por carta de fe- cha 23 de Mayo de 1950, a1 Consejo Administrativo del Distri- to de Sanb Domingo, Jle vend8 una Iporcih de terreno de 100 (ICIEX TARWB) , 10 wan 62.886 metros cuadlrados (SESEN- CUAPRADOS) pord6n de terrenoi que se imwentra dentro de TA Y DOB MIL 0CHOC;IENTOS 'OCHENTA Y SEIS METROS

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