Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.
Texto de la norma
Público, conozco, de todo lo cual doy fe.— En Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los once días del mes de Julio del año mil novecientos cuarenta y nueve (1949).— Ante mí, Dr. Juan Bautista Yépez Félix, Abogado y Notario Público.
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veinte días del mes de julio del año mil novecientos cuarenta y nueve; años 106º de la Independencia, 86º de la Restauración y 20º de la Era de Trujillo.
El Presidente:
Los Secretarios:
Porfirio Herrera.
Federico Nina hijo.
Milady Félix de L'Official.
DADA en la Sala de Sesiones del Palacio del Senado, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veintiún días del mes de julio del año mil novecientos cuarenta y nueve; años 106º de la Independencia, 86º de la Restauración y 20º de la Era de Trujillo.
M. de J. Troncoso de la Concha,
Agustín Aristy,
Presidente,
Secretario.
Germán Soriano,
Secretario.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3º de la Constitución de la República;
PROMULGO la presente Resolución, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veintiocho días del mes de julio del año mil novecientos cuarenta y nueve, años 106º de la Independencia, 86º de la Restauración y 20º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
Resolución Nº 2070, del Congreso Nacional que aprueba un Contrato entre el Estado y la Caja Dominicana de Seguros Sociales.— G. O. Nº 6973, del 15 de Agosto de 1949.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
NUMERO 2070.
VISTO el inciso 21 del artículo 33 de la Constitución de la República;
VISTO el Contrato suscrito el día 8 de Julio de 1949, entre el Estado Dominicano, representado por el Lic. Víctor Garrido, Secretario de Estado del Tesoro y Crédito Público, y la Caja Dominicana de Seguros Sociales, representada por el Dr. Conrado Licairac, Secretario de Estado de Previsión Social, por virtud del cual la Caja Dominicana de Seguros Sociales concede al Estado Dominicano un préstamo por la suma de RD$66,560.00, con fines de Mejoramiento Social,
RESUELVE:
UNICO.— Aprobar el Contrato suscrito el día 8 de Julio de 1949, entre el Estado Dominicano, representado por el Lic. Víctor Garrido, Secretario de Estado del Tesoro y Crédito Público, y la Caja Dominicana de Seguros Sociales, representada por el Dr. Conrado Licairac, Secretario de Estado de Previsión Social, en virtud del cual la Caja Dominicana de Seguros Sociales concede al Estado Dominicano la suma de RD$66,560.00, con fines de mejoramiento social, que copiado a la letra dice así:
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.