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Resolución

Resolución 2063

DEL CONGRESO NACIONAL QUE AUTORIZA LA ERECCION DE UN BUSTO DE LA EXCELSA MATRONA DOÑA ALTAGRACIA JULIA MOLINA VDA. TRUJILLO EN EL PARQUE DUARTE DE LA CIUDAD DE LA VEGA

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
28 jul de 1949fecha
Venta, donación o permuta de inmueblestipo
G. O. 6971Gaceta Oficial del 1 ene de 1949
Congreso Nacionalórgano

Texto

Texto de la norma
pital de la República Dominicana, a los veintiocho días del mes de julio del año mil novecientos cuarenta y nueve; años 106º de la Independencia, 86º de la Restauración y 20º de la Era de Trujillo. RAFAEL L. TRUJILLO. Resolución Nº 2063, del Congreso Nacional, que autoriza la erección de un busto en honor de la Excelsa Matrona Doña Altagracia Julia Molina Vda. Trujillo, en el parque Duarte de la ciudad de La Vega.— G. O. Nº 6971, del 10 de Agosto de 1949. EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República NUMERO 2063. VISTAS el acta Nº 12 del Ayuntamiento de La Vega, de fecha ocho de marzo de mil novecientos cuarenta y nueve, en la cual se inserta un informe de la Asociación de Periodistas Veganos que dice así: "De la Asociación de Periodistas Veganos, informando acerca de su iniciativa de levantar en el parque Duarte de esta Ciudad un Busto de la Excelsa Matrona Doña Altagracia Julia Molina Vda. Trujillo, Primera Dama de la República y amantísima madre del Excelentísimo Señor Presidente de la República, Generalísimo Doctor Rafael L. Trujillo Molina, para cuyo propósito solicitan el asentimiento de este Cabildo". VISTA la Resolución del Hon. Ayuntamiento que dice así: "La Sala acogió con simpatía esta brillante iniciativa y resolvió referirla a la Secretaría de Estado de lo Interior y Policía en solicitud de la correspondiente autorización de las Cámaras Legislativas". VISTOS los artículos 1 y 3 de la Ley Nº 638 sobre erección de estatuas y monumentos, publicada en la Gaceta Oficial Núm. 6102, de fecha 27 de junio de 1944; RESUELVE: ARTICULO UNICO.— Autorizar al Hon. Ayuntamiento de La Vega, para que de acuerdo con su Resolución de fecha 8 de marzo de 1949, permita a la Asociación de Periodistas Veganos erigir en el parque Duarte de esa ciudad un busto en honor de la Excelsa Matrona Altagracia Julia Molina Viuda Trujillo, Primera Dama de la República como prueba del cariño y admiración que a tan ilustre dama profesa la sociedad vegana. DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los seis días del mes de julio del año mil novecientos cuarenta y nueve; años 106º de la Independencia, 86º de la Restauración y 20º de la Era de Trujillo. El Presidente: Porfirio Herrera. Los Secretarios: Milady Félix de L'Official. Federico Nina hijo. DADA en la Sala de Sesiones del Palacio del Senado, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veintiún días del mes de junio del año mil novecientos cuarenta y nueve; años 106º de la Independencia, 86º de la Restauración y 20º de la Era de Trujillo. M. de J. Troncoso de la Concha, Presidente. Agustín Aristy, Secretario. Germán Soriano, Secretario. RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3º de la Constitución de la República; PROMULGO la presente Resolución, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento. DADA en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veintiocho días del mes de julio del año mil novecientos cuarenta y nueve; años 106º de la Independencia, 86º de la Restauración y 20º de la Era de Trujillo. RAFAEL L. TRUJILLO. Resolución Nº 2064, del Congreso Nacional, que aprueba una venta de inmuebles del Estado.— G. O. Nº 6971, del 10 de Agosto de 1949. EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona