Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.
Texto de la norma
rector General de Bienes Nacionales en representación del Estado Dominicano expido esta Primera Copia que consta de tres páginas escritas a máquina, sellada y firmada por mí en la ciudad de Dajabón, hoy día QUINCE del mes de Junio del año mil novecientos cuarentinueve (1949).
Doy Fe: (Firmado) H. Clod. Noboa Leyba, Primer Suplente de Juez de Paz en funciones de Notario Público.
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los treinta días del mes de junio del año mil novecientos cuarenta y nueve; años 106º de la Independencia, 86º de la Restauración y 20º de la Era de Trujillo.
El Presidente:
Los Secretarios: Porfirio Herrera.
Federico Nina hijo.
Milady Félix de L'Official.
DADA en la Sala de Sesiones del Palacio del Senado, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los cinco días del mes de julio del año mil novecientos cuarenta y nueve; años 106º de la Independencia, 86º de la Restauración y 20º de la Era de Trujillo.
M. de J. Troncoso de la Concha,
Agustín Aristy, Presidente,
Secretario.
Germán Soriano,
Secretario.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3º de la Constitución de la República;
PROMULGO la presente Resolución, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los nueve días del mes de julio del año mil novecientos cuarenta y nueve; años 106º de la Independencia, 86º de la Restauración y 20º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
Resolución Nº 2052, del Congreso Nacional, que aprueba la venta de dos solares del Estado.— G. O. Nº 6962, del 16 de Julio de 1949.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
NUMERO 2052.
VISTO el inciso 21 del artículo 33 de la Constitución de la República;
VISTO el Contrato suscrito el día quince del mes de Junio del año mil novecientos cuarenta y nueve, entre el Estado Dominicano, representado por el Licenciado Miguel Angel Rodríguez Pereyra, Director General de Bienes Nacionales y el señor Jaime J. Sued, negociante, por virtud del cual el primero vende al segundo en la suma de RD$1,500 pesos oro, dos solares con sus mejoras, situados en la calle España de la ciudad de Santiago de los Caballeros,
RESUELVE:
UNICO.— Aprobar el Contrato suscrito el día quince del mes de Junio del año mil novecientos cuarenta y nueve, entre el Estado Dominicano, representado por el Licenciado Miguel Angel Rodríguez Pereyra, Director General de Bienes Nacionales y el señor Jaime J. Sued, negociante, que copiado a la letra dice así:
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.