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Resolución

Resolución 2052

DEL CONGRESO NACIONAL QUE APRUEBA LA VENTA DE DOS SOLARES DEL ESTADO

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
9 jul de 1949fecha
Venta, donación o permuta de inmueblestipo
G. O. 6962Gaceta Oficial del 1 ene de 1949
Congreso Nacionalórgano

Contraparte y monto

Contraparte
Jaime J. Sued (persona)
Monto
RD$1,500 · en el texto: «RD$1,500.00»

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.

Texto de la norma
rector General de Bienes Nacionales en representación del Estado Dominicano expido esta Primera Copia que consta de tres páginas escritas a máquina, sellada y firmada por mí en la ciudad de Dajabón, hoy día QUINCE del mes de Junio del año mil novecientos cuarentinueve (1949). Doy Fe: (Firmado) H. Clod. Noboa Leyba, Primer Suplente de Juez de Paz en funciones de Notario Público. DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los treinta días del mes de junio del año mil novecientos cuarenta y nueve; años 106º de la Independencia, 86º de la Restauración y 20º de la Era de Trujillo. El Presidente: Los Secretarios: Porfirio Herrera. Federico Nina hijo. Milady Félix de L'Official. DADA en la Sala de Sesiones del Palacio del Senado, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los cinco días del mes de julio del año mil novecientos cuarenta y nueve; años 106º de la Independencia, 86º de la Restauración y 20º de la Era de Trujillo. M. de J. Troncoso de la Concha, Agustín Aristy, Presidente, Secretario. Germán Soriano, Secretario. RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3º de la Constitución de la República; PROMULGO la presente Resolución, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento. DADA en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los nueve días del mes de julio del año mil novecientos cuarenta y nueve; años 106º de la Independencia, 86º de la Restauración y 20º de la Era de Trujillo. RAFAEL L. TRUJILLO. Resolución Nº 2052, del Congreso Nacional, que aprueba la venta de dos solares del Estado.— G. O. Nº 6962, del 16 de Julio de 1949. EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República NUMERO 2052. VISTO el inciso 21 del artículo 33 de la Constitución de la República; VISTO el Contrato suscrito el día quince del mes de Junio del año mil novecientos cuarenta y nueve, entre el Estado Dominicano, representado por el Licenciado Miguel Angel Rodríguez Pereyra, Director General de Bienes Nacionales y el señor Jaime J. Sued, negociante, por virtud del cual el primero vende al segundo en la suma de RD$1,500 pesos oro, dos solares con sus mejoras, situados en la calle España de la ciudad de Santiago de los Caballeros, RESUELVE: UNICO.— Aprobar el Contrato suscrito el día quince del mes de Junio del año mil novecientos cuarenta y nueve, entre el Estado Dominicano, representado por el Licenciado Miguel Angel Rodríguez Pereyra, Director General de Bienes Nacionales y el señor Jaime J. Sued, negociante, que copiado a la letra dice así:

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona