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Resolución

Resolución 1940

DEL CONGRESO NACIONAL QUE APRUEBA UN CONTRATO ENTRE EL ESTADO, LA COMUN DE BANI Y LA COMPAÑIA ELECTRICA DE SANTO DOMINGO, C . POR A.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
26 feb de 1949fecha
Contrato o conveniotipo
G. O. 6901Gaceta Oficial del 1 ene de 1949
Congreso Nacionalórgano

Contraparte y monto

Contraparte
COMPAÑIA ELECTRICA DE SANTO DOMINGO, C. por A (empresa)

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.

Texto de la norma
Resolución Nº 1940, del Congreso Nacional, que aprueba un Contrato entre el Estado, la Común de Baní y la Compañía Eléctrica de Santo Domingo, C. por A.— G. O. Nº 6901, del 5 de Marzo de 1949. EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República NUMERO 1940. VISTO el Contrato suscrito en fecha 12 de Noviembre de 1948, entre el Estado Dominicano, representado por el Presidente de la República, autorizado por el Ayuntamiento de la Común de Baní, quien a su vez está representado por el señor Frank Párra, Secretario de Estado de Economía Nacional, y la Compañía Eléctrica de Santo Domingo, C. por A., representada por el señor Philip de Bulnes, Vice-Presidente del Consejo de Administración de dicha Compañía, mediante el cual el primero concede a la segunda el uso de las vías públicas y otras dependencias del dominio público nacional y municipal dentro de la Común de Baní, para la conducción, distribución y venta de energía eléctrica de esa Común, que copiado a la letra dice así:

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona