Texto de la norma
Resolución Nº 248, que declara tres días de duelo oficial con motivo del fallecimiento del Diputado Don Manuel Alfaro Reyes.— G. O. Nº 5897 bis, del 8 de Abril de 1943.
EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República,
NUMERO 248.
CONSIDERANDO que anoche falleció el señor don Ma-
nuel Alfaro Reyes, Diputado al Congreso Nacional por la Provincia Libertador;
CONSIDERANDO que el señor don Manuel Alfaro Reyes fué un distinguido hombre público y meritorio ciudadano, y que su sensible fallecimiento afecta dolorosamente a la alta institución pública de que era parte y a la colectividad provincial que estuvo representando como Diputado hasta la hora de su muy dolorosa caída.
En uso de sus atribuciones,
RESUELVE:
ARTICULO UNICO:— Declarar de duelo oficial los días 6, 7 y 8 de los corrientes.
Ofrendar tanto la Cámara de Diputados como el Senado una corona como afectuoso tributo, a nombre del Congreso Nacional, al compañero fallecido, y
Permanecer haciendo guardia de honor junto al cadáver del Diputado don Manuel Alfaro Reyes hasta la hora de su inhumación en el cementerio de esta Ciudad Capital.
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los seis días del mes de abril del año mil novecientos cuarenta y tres; años 100º de la Independencia, 80º de la Restauración y 13º de la Era de Trujillo.
El Presidente,
Los Secretarios:
Porfirio Herrera.
Milady Félix de L'Official.
G. Despradel Batista.
DADA en la Sala de Sesiones del Palacio del Senado, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los seis días del mes de abril del año mil novecientos cuarenta y tres; años 100º de la Independencia, 80º de la Restauración y 13º de la Era de Trujillo.
M. de J. Troncoso de la Concha,
Presidente.
Rafael F. Bonnelly,
Secretario.
M. García Mella,
Secretario.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de la atribución que me confiere el inciso 3º del artículo 49 de la Constitución de la República,
PROMULGO la presente resolución, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los ocho días del mes de abril del año mil novecientos cuarenta y tres, años 100º de la Independencia, 80º de la Restauración y 13º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
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