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Resolución

Resolución 1457

QUE APRUEBA EL ACUERDO PROVISIONAL ACERCA DE LAS MEDIDAS QUE SE HAN DE ADOPTAR RESPECTO A LOS REFUGIADOS Y PERSONA DESALOJADAS.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
22 jun de 1947fecha
Contrato o conveniotipo
G. O. 6665Gaceta Oficial del 1 ene de 1947
Congreso Nacionalórgano

Contraparte y monto

Contraparte
misma de las funciones y los haberes de las organizaciones existentes (organismo)

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.

Texto de la norma
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana En ejercicio de la atribución que me confiere el inciso 3º del artículo 49 de la Constitución de la República; PROMULGO la presente Resolución, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento. DADA en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veintidos días del mes de junio del año mil novecientos cuarenta y siete, años 104º de la Independencia, 84º de la Restauración y 18º de la Era de Trujillo. RAFAEL L. TRUJILLO. Resolución que aprueba el Acuerdo Provisional acerca de las medidas que se han de adoptar respecto a los Refugiados y Personas Desalojadas. (Nº 1457).— G. O. Nº 6665, del 23 de Julio de 1947. EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República NUMERO 1457. VISTO el inciso 15 del Artículo 33 de la Constitución de la República; Visto el Acuerdo Provisional acerca de las medidas que se han de adoptar respecto a los refugiados y personas desplazadas, suscrito en Flushing Meadow, New York, el 17 de diciembre de 1946 por el Delegado Plenipotenciario de la República; RESUELVE: UNICO.— Aprobar el Acuerdo Provisional acerca de las medidas que se han adoptado respecto a los refugiados y personas desplazadas, suscrito en Flushing Meadow, New York, el 17 de diciembre de 1946 por el Delegado Plenipotenciario de la República, que copiado a la letra dice así:

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona