Texto de la norma
Resolución Nº 1416 que aprueba los actos realizados por el Poder Ejecutivo durante el año 1946, así como el Estado de recaudación e inversión de las rentas fiscales durante el mismo año de 1946.— G. O. Nº 6625, del 14 de Mayo de 1947.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
NUMERO 1416.
VISTO el Art. 33, atribuciones segunda y vigésima, del Congreso;
VISTO el resultado del examen hecho de los actos del Poder Ejecutivo durante el año 1946, contenidos en el Mensaje depositado ante el Congreso Nacional por el Presidente de la República y en las Memorias de los Secretarios de Estado que lo acompañan, el 27 de febrero de este año;
VISTO el Estado de ingresos y egresos consolidados y demostración del superávit económico de todos los fondos del Presupuesto de 1946, al cierre de las operaciones al 31 de diciembre de 1946, presentado al Congreso por el Presidente de la República con su Mensaje Nº 10469, de fecha 22 de abril de 1947.
VISTO el informe sometido por la Cámara de Cuentas de la República relativo al Estado de recaudación e inversión de las rentas fiscales durante el año de 1946;
CONSIDERANDO que todos los actos realizados por el Poder Ejecutivo durante el año de 1946, así como la recaudación e inversión de las rentas nacionales se han ajustado a la Constitución y las leyes;
RESUELVE:
Art. 1.— Aprobar todos los actos realizados por el Poder
Ejecutivo durante el año de 1946, por ser ajustados a la Constitución y las leyes.
Art. 2.— Aprobar igualmente, con vista del informe presentado por la Cámara de Cuentas, el Estado de recaudación e inversión de las rentas fiscales durante el año de 1946.
DADA en la Sala de Sesiones del Palacio del Senado, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los seis días del mes de mayo del año mil novecientos cuarenta y siete; años 104º de la Independencia, 84º de la Restauración y 17º de la Era de Trujillo.
M. de J. Troncoso de la Concha,
Presidente.
R. Emilio Jiménez,
Secretario.
Abelardo R. Nanita,
Secretario.
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los siete días del mes de mayo del año mil novecientos cuarenta y siete; años 104º de la Independencia, 84º de la Restauración y 17º de la Era de Trujillo.
VICEPRESIDENTE EN FUNCIONES
León Herrera.
Los Secretarios:
Polibio Díaz.
Julio A. Cambier,
Secretario ad-hoc.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de la atribución que me confiere el inciso 3º del artículo 49 de la Constitución de la República,
PROMULGO la presente Resolución, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los ocho días del mes de mayo del año mil novecientos cuarenta y siete, años 104º de la Independencia, 84º de la Restauración y 17º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
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