Texto de la norma
Resolución Nº 1281 que autoriza la erección de un busto al Generalísimo Rafael L. Trujillo M., en el parque “Marcos A. Cabral” de la ciudad de Baní.— G. O. Nº 6531, del 16 de Noviembre de 1946.
EL CONGRESO NACIONAL,
En Nombre de la República
NUMERO 1281.
VISTA la solicitud que por medio de la Secretaría de Estado de lo Interior y Policía ha dirigido al Congreso Nacional el Comité Pro-Busto al Generalísimo Trujillo, de la ciudad de
Baní, para que se le autorice a erigir un busto al Benefactor de la Patria en el Parque "Marcos A. Cabral" de aquella ciudad;
VISTOS los artículos 1 y 3 de la Ley Nº 638 sobre erección de estatuas y monumentos, publicada en la Gaceta Oficial Núm. 6102, de fecha 27 de junio de 1944;
RESUELVE:
Art. Unico:— Autorizar al Comité Pro-Busto al Generalísimo Trujillo de la Ciudad de Baní, a erigir en el parque "Marcos A. Cabral" de esa ciudad un busto en bronce del Benefactor de la Patria y Presidente de la República, Generalísimo Rafael Leonidas Trujillo Molina, como justiciero homenaje de gratitud, cariño y lealtad de los habitantes de Baní al insigne conductor de los destinos del pueblo dominicano.
DADA en la Sala de Sesiones del Palacio del Senado, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los trece días del mes de noviembre del año mil novecientos cuarenta y seis; años 103º de la Independencia, 84º de la Restauración y 17º de la Era de Trujillo.
M. de J. Troncoso de la Concha,
Presidente.
R. Emilio Jiménez,
Secretario.
Abelardo R. Nanita,
Secretario.
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los trece días del mes de noviembre del año mil novecientos cuarenta y seis; años 103º de la Independencia, 84º de la Restauración y 17º de la Era de Trujillo.
El Presidente,
Porfirio Herrera.
Los Secretarios:
Polibio Díaz.
Carlos Cornielle hijo.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de la atribución que me confiere el inciso 3º del artículo 49 de la Constitución de la República,
PROMULGO la presente Resolución, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los catorce días del mes de noviembre del año mil novecientos cuarenta y seis, años 103º de la Independencia, 84º de la Restauración y 17º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
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