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Resolución

Resolución 1230

QUE APRUEBA UN ACTO DE VENTA DE INMUEBLE SUSCRITO ENTRE EL ESTADO Y LA SOCIEDAD INDUSTRIAL DOMINICANA, C. POR A.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
2 ago de 1946fecha
Venta, donación o permuta de inmueblestipo
G. O. 6486Gaceta Oficial del 9 ago de 1946
Poder Ejecutivoórgano

Contraparte y monto

Contraparte
SOCIEDAD INDUSTRIAL DOMINICANA, C. POR A (empresa)

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Mostrar el texto (13,180 caracteres)
pita1 de la Republica Dominicana, a 10s veintisiete dias del mes de julio del aiio mil novecientos cuarenta y seis, afios 1030 de la lndependencia, 839 de la Restauracih y 170 de la Era de Trujillo. RAFAEL L. TRUJILLO. Resoluci6n Nu 1230 que aprueba un acto de venta de inmueble suscrito entre el Estado y la Sociedad Industrial Dorninicana, 8. p o r A.- G. 0. Nu 64186, del 9 de Agosto de 19461. EL COWGRESO NACIONAL En NcEmbre de la Republica NUMERO 1230. VISTO el inciso 21 del articulo ’33 de la Constitucih de la Xepiiblica ; VISTO el acto mediante el cual el Estado Dominicano ven- de a la Sociedad Industrial Dominicana C. por A., la cantidad de 119.168 metros cuadrados de terrenos, R E S U E L V E : UNIC0.- Aprobar el acto celebrado en fecha 3 de! mes de julio del aiio 1946 entre el Estado Dominicano, legalmentc representado por el sefior Secretario de Estado del Tem-c y Crkdito PubliLo, Lie. Victor Garrido, y la Sociedad Indust rial Dominicana C .poi” A., por cuyo medio el primero vende a ai- cha Sociedad, por la suma de $17.916.80, la cantidad c k 119,168 metros cuadrados de terreno dentro de la Parcela NQ 6 Reformada, Porcidn “A” del Distrito Catastral No 4 del Dis- trito de Santo Domingo, Ciudad Trujillo, que copiado a la le- tra dice asi: “EL ESTADO DOMINICANO, legalmente representadc) por el seiior Licenciado VICTOR GARRIDO, Secretario de Es- tad0 del Tesoro y Crhdito Publico, mayor de edad, dominicann, casado. provisto de la c6dula personal de identidad NQ [cédula], se- rie primera, renovada para este afio con sello No 463, con su do- micilio y residencia en la casa NO 3 de la calle Dr. Delgado de la Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Rep6blica Do- minicana, quien actua en virtud de poder expedido y suscrizo por el Excelentisimo Seiior Presidente de la Republica, en fe- cha 25 de abril del aiio 1946, mediante el pago de la suma de DIEZ Y SIETE MIL NOVECIENTOS DIEClSEiS PESOS, OCHENTA CENTAVOS ($17.916.80) moneda de curso legal, recibida a satisfaccibn por el ESTADO DOMINICANO, por medio de cheque expedido a favor del Tesorero Nacional de la SOCIEDAD INDUSTRIAL DOMINICANA, C, POR A., com- pafiia por acciones organizada de acuerdo con las leyes domi- nicanas, con domicilio en [domicilio omitido], provisto de la cédula de identificación personal [omitida], renovada para este año con sello Nº 61, domiciliado y residente en [domicilio omitido], que acepta por medio de su representante legal, y a sus cesionarios, la cantidad de Ciento diez y nueve mil ciento sesenta y ocho (119.168) metros cuadrados dentro de la Parcela Nº 6 Reformada (Seis Reformada), Porción "A" del Distrito Catastral Nº 4 (cuatro) del Distrito de Santo Domingo. Ciudad Trujillo, y sus mejoras, divididas en diez porciones descritas y colindadas en la siguiente forma: a) Doce mil novecientos ochenta y cinco (12.985) metros cuadrados de la Manzana "U" del plano de urbanización del Barrio Obrero, lindando por el Norte, con la porción Nº 1 de dicha Manzana, por donde mide 53 metros; por el Este, con calle en proyecto, por donde mide 196 metros; por el Sur, con camino Nº 8 por donde mide 53 metros y con la porción Nº 7 de dicha Manzana, por donde mide también 53 metros, y por el Oeste, con las porciones Nos. 6 y 7 de dicha Manzana, por donde mide 98 metros; calle central del Barrio Obrero (calle del Hipódromo) por donde mide 49 metros, y Porción Nº 1 de dicha Manzana, por donde mide también 49 metros; b) La Manzana "V" del plano de urbanización del Barrio Obrero, con una extensión superficial de Diez y nueve mil seiscientos (19.600) metros cuadrados, lindando por el Norte, con camino Nº 7, por el Este, calle en proyecto; por el Sur, camino Nº 8 y por el Oeste, calle en proyecto. Esta Manzana mide por sus linderos Norte y Sur, 100 metros y por sus linderos Este y Oeste, 196 metros; c) La Manzana "W" del plano de urbanización del Barrio Obrero, con una extensión superficial de Diez y nueve mil doscientos ocho (19.208) metros cuadrados, lindando por el Norte, con camino N: 7; por el Este, calle en proyecto; por el Sur camino Nº 8 y por el Oeste, calle en proyecto. Esta Manzana mide por sus linderos Norte y Sur, 98 metros y por sus linderos Este y Oeste, 196 metros; d) Diez y ocho mil ciento setenta y nueve (18.179) metros cuadrados de la Manzana B-1 del plano de urbanización del Barrio Obrero, lindando por el Norte con la porción Nº 1 de dicha Manzana por donde mide 53 metros y con camino Nº 8 por donde mide también 53 metros; por el Este, con calle en proyecto, por donde mide 196 metros; por el Sur, camino Nº 9 por donde mide 106 metros, y por el Oeste, calle central del Barrio Obrero (calle del Hipódromo) por donde mide 147 metros y la porción Nº 1 de dicha Manzana, por donde mide 49 metros. e) La Manzana C-1 del Plano de urbanización del Barrio Obrero, con una extensión superficial de Diez y nueve mil seiscientos (19.600) metros cuadrados, lindando por el Norte, con el camino N° 8; por el Este, con calle en proyecto; por el Sur, con camino N° 9 y por el Oeste, con calle en proyecto. Esta Manzana mide por sus linderos Norte y Sur, 100 metros y por sus linderos Este y Oeste, 196 metros. f) La Manzana D-1 del plano de urbanización del Barrio Obrero, con una extensión superficial de Diez y nueve mil doscientos ocho (19.208) metros cuadrados, lindando por el Norte, con camino N° 8; por el Este, calle en proyecto; por el Sur, camino N° 9 y por el Oeste, calle en proyecto. Esta Manzana mide por sus linderos Norte y Sur, 98 metros y por sus linderos Este y Oeste, 196 metros. g) Dos mil quinientos noventa y siete (2.597) metros cuadrados de la Manzana "U" del plano de urbanización del Barrio Obrero, lindando por el Norte, con camino N° 7; por el Sur con la porción N° 8 de dicha Manzana, por el Este, con la porción N° 2 de dicha Manzana, y por el Oeste, calle central del Barrio Obrero (calle del Hipódromo); y las mejoras edificadas sobre dicha porción, consistentes en una casa construida de bloques y concreto, techada del mismo material, con sala, comedor, aposento, cuarto de baño y sanitario, cocina, galería exterior y demás anexidades. Estas mejoras fueron adquiridas por el Estado de acuerdo con acto de permuta de fecha 5 de junio de 1946. Esta porción mide por sus linderos Norte y Sur, 53 metros, y por sus linderos Este y Oeste, 49 metros, y corresponde a la porción N° 1 de dicha Manzana; h) Dos mil quinientos noventa y siete (2.597) metros cuadrados de la Manzana "U" del plano de urbanización del Barrio Obrero, lindando por el Norte, con la porción N° 8 de dicha Manzana; por el Sur, con la porción N° 6 de dicha Manzana; por el Este, con la porción N° 4, y por el Oeste, con la calle central del Barrio Obrero (calle del Hipódromo); y las mejoras edificadas sobre dicha porción, consistentes en una casa construida de bloques y concreto, techada del mismo material, con sala, comedor, aposento, cuarto de baño y sanitario, cocina, galería exterior y demás anexidades. Estas mejoras fueron adquiridas por el Estado de acuerdo con acto de permuta, de fecha 5 de junio de 1946. Esta porción mide por sus linderos Norte y Sur, 53 metros, y por sus linderos Este y Oeste 49 metros, y corresponde a la porción N° 7 de dicha Manzana; i) Dos mil quinientos noventa y siete (2.597) metros cuadrados de la Manzana "U" del plano de urbanización del Barrio Obrero, lindando por el Norte, porción N° 7 de dicha Manzana; por el Sur, camino N° 8; por el Este, porción N° 5 de dicha Manzana, y por el Oeste, calle central del Barrio Obrero (calle del Hipódromo); y las mejoras edificadas sobre dicha porción, consistentes en una casa construida de bloques, y concreto, techada del mismo material, con sala, comedor, aposento, cuarto de baño y sanitario, cocina, galería exterior y demás anexidades. Estas mejoras fueron adquiridas por el Estado de acuerdo con acto de permuta, de fecha 5 de junio de 1946. Esta porción mide por sus linderos Norte y Sur, 53 metros, y por sus linderos Este y Oeste, 49 metros y corresponde a la porción Nº 6 de dicha Manzana; y j) Dos mil quinientos noventa y siete (2.597) metros cuadrados de la Manzana B-1 del plano de urbanización del Barrio Obrero, lindando por el Norte, con el camino Nº 8; por el Este, porción Nº 2 de dicha Manzana; por el Sur, resto de dicha Manzana, y por el Oeste, calle central del Barrio Obrero (calle del Hipódromo); y las mejoras edificadas sobre dicha porción, consistentes en una casa construída de bloques y concreto, techada del mismo material, con sala, comedor, aposento, cuarto de baño y sanitario, cocina, galería exterior y demás anexidades. Estas mejoras fueron adquiridas por el Estado de acuerdo con acto de permuta, de fecha 5 de junio de 1946. Esta porción mide por sus linderos Norte y Sur, 53 metros, y por sus linderos Este y Oeste, 49 metros, y corresponde a la porción Nº 1 de dicha Manzana. EL ESTADO DOMINICANO es propietario de los terrenos que por este acto vende, en virtud de registro hecho a su favor de acuerdo con las disposiciones de la Ley de Registro de Tierras, estando justificado su título por el Certificado número 8597 (ocho mil quinientos noventisiete) expedido por el Registrador de Títulos del Departamento Sur en fecha 28 de marzo del año mil novecientos cuarenta y cuatro, y las mejoras, por haberlas edificado por administración. Un original del presente contrato será enviado a la Oficina de Bienes Nacionales para los fines de radiación e inscripción en el Catastro de Bienes Inmuebles del Estado, uno al Honorable Congreso Nacional para su aprobación constitucional, uno para cada una de las partes contratantes y otro al Registrador de Títulos del Departamento Sur, para la cancelación del Certificado de Título número 8597 y la expedición de nuevos Certificados de títulos. En testimonio de lo cual se otorga la presente en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, República Dominicana, hoy día tres (3) del mes de julio del año mil novecientos cuarenta y seis. Firmado en presencia de: Rodolfo Mercado Cédula N? [cédula] —Serie 1— Sello 1712 Víctor M. Villegas, Cédula Nº [cédula] —Serie 23— Sello 13678. Lic. Víctor Garrido, Secretario de Estado del Tesoro y Crédito Público. Alberto Bonetti Burgos, Presidente de la Sdad. Industrial Dominicana, C. por A. REPUBLICA DOMINICANA.— En Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, el día tres (3) del mes de julio del año mil novecientos cuarenta y seis por ante mí, Licenciado JULIO HOEPELMAN, Abogado, Notario Público del número de los de este Distrito, comparecieron el señor Licenciado VICTOR GARRIDO, Secretario de Estado del Tesoro y Crédito Público, a quien conozco como la persona descrita y autorizada por y en virtud de autorización suscrita por el Excelentísimo Señor Presidente de la República en fecha veinticinco de abril del año mil novecientos cuarenta y seis, que se inscribirá en la Oficina del Registrador de Títulos simultáneamente con el documento que antecede, y me declaró haber otorgado dicho documento en nombre del Estado Dominicano; y en persona el señor don ALBERTO BONETTI BURGOS, conocida por mí, y quien, previo juramento prestado ante mí, declara que tiene su domicilio en esta ciudad; que es el Presidente de la Sociedad Industrial Dominicana, C. por A., compañía por acciones descrita en el documento que antecede, sucrito por ella; que conoce el sello de dicha compañía por acciones; que dicho sello es el mismo que aparece en el documento; que fué estampado por orden de la Junta Directiva de dicha compañía por acciones, y que en cumplimiento de dicha orden puso su firma. Ante mí: Julio Hoepelman, Notario Público. DADA en la Sala de Sesiones del Palacio del Senado, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veinticuatro días del mes de julio del año mil novecientos cuarenta y seis; años 103° de la Independencia, 83° de la Restauración y 17° de la Era de Trujillo. M. de J. Troncoso de la Concha, Presidente. R. Emilio Jiménez, Secretario. Abelardo R. Nanita. Secretario. DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados. en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los treinta días del mes de julio del año mil novecientos cuarenta y seis; años 103° de la Independencia, 83° de la Restauración y 17° de la Era de Trujillo. El Presidente, Porfirio Herrera. Los Secretarios: Polibio Díaz. Juan Arce Medina. 4 0 3 - RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA P,residente de la Republica Dominicana En ejercicio de la atribuci6n que me confiere el inciso 3Q del articulo 49 de la Constituei6n de la Republica, PROMULGO la presente Resoluci6n,.y mando que sea publi- cada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento. DADA en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, C,z- pita1 de la Repfiblica Dominicana, a 10s dos das del mes de agosto del aiio mil novecientos cuarenta y seis, afios 1030 de la Independencia, 830 de la Restauraci6n y 170 de la Era de Trujillo. RAFAEL L. TRUJILLO. Ley NO 1231 que modifica el apartado e ) del Art. 10 de la Ley de Carre- teras y Transit0 por las mismas.- IG. 0. NP 6486, del 9 de Agosto de 1946. EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la Repiiblica HA DADO LA SIGUIENTE LEY: ~

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona