Texto de la norma
Resolución Nº 1192 que aprueba los actos realizados por el Poder Ejecutivo durante el año 1945, así como también el Estado de recaudación e inversión de las rentas fiscales, durante el mismo año 1945.—
G. O. Nº 6456, del 17 de Junio de 1946.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
NUMERO 1192.
VISTO el Art. 33, atribuciones segunda y vigésima, del Congreso;
VISTO el resultado del examen hecho de los actos del Poder Ejecutivo durante el año 1945, contenidos en el Mensaje depositado ante el Congreso Nacional por el Presidente de la República y en las Memorias de los Secretarios de Estado que lo acompañaban, el 27 de febrero de este año;
VISTO el Estado de ingresos y egresos consolidados y demostración del superávit económico de todos los fondos del Presupuesto de 1945, al cierre de las operaciones al 30 de diciembre de 1945, presentado al Congreso por el Presidente de la República con su Mensaje Nº 9575 de fecha 20 de abril de 1946;
VISTO el informe sometido por la Cámara de Cuentas de la República relativo al Estado de recaudación e inversión de las rentas fiscales durante el año de 1945;
CONSIDERANDO que todos los actos realizados por el Poder Ejecutivo durante el año de 1945, así como la recaudación e inversión de las rentas nacionales se han ajustado a la Constitución y las leyes;
RESUELVE:
Art. 1.— Aprobar todos los actos realizados por el Poder Ejecutivo durante el año de 1945, por ser ajustados a la Constitución y las leyes.
Art. 2.— Aprobar igualmente, con vista del informe pre-
sentado por la Cámara de Cuentas, el Estado de recaudación e inversión de las rentas fiscales durante el año de 1945.
DADA en la Sala de Sesiones del Palacio del Senado, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veintiocho días del mes de mayo del año mil novecientos cuarenta y seis; años 103º de la Independencia, 83º de la Restauración y 17º de la Era de Trujillo.
M. de J. Troncoso de la Concha, Presidente.
M. García Mella, Secretario.
R. Emilio Jiménez, Secretario.
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los cuatro días del mes de junio del año mil novecientos cuarenta y seis; años 103º de la Independencia, 83º de la Restauración y 17º de la Era de Trujillo.
El Presidente, Porfirio Herrera.
Los Secretarios: Polibio Díaz. Juan Arce Medina.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de la atribución que me confiere el inciso 3º del artículo 49 de la Constitución de la República,
PROMULGO la presente Resolución, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los seis días del mes de junio del año mil novecientos cuarenta y seis, años 103º de la Independencia, 83º de la Restauración y 17º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
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