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Abriendo la resolución…

Resolución

Resolución 1137

APROBANDO UN CONTRATO DE VENTA DE INMUEBLE, SUSCRITO ENTRE EL ESTADO Y LA SEÑORA ESPERANZA TURULL DE BAQUERO.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
21 mar de 1946fecha
Venta, donación o permuta de inmueblestipo
G. O. 6419Gaceta Oficial del 30 mar de 1946
Congreso Nacionalórgano

Contraparte y monto

Contraparte
ESPERANZA TURULL DE BAQUERO (persona)

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.

Texto de la norma
en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los doce días del mes de marzo del año mil novecientos cuarenta y seis, años 103º de la Independencia, 83º de la Restauración y 16º de la Era de Trujillo. El Presidente, Porfirio Herrera. Los Secretarios: Polibio Díaz. Juan Arce Medina. DADA en la Sala de Sesiones del Palacio del Senado, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los diecinueve días del mes de marzo del año mil novecientos cuarenta y seis, años 103º de la Independencia, 83º de la Restauración y 16º de la Era de Trujillo. M. de J. Troncoso de la Concha, Presidente. M. García Mella, Secretario. R. Emilio Jiménez, Secretario. RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana En ejercicio de la atribución que me confiere el inciso 3º del artículo 49 de la Constitución de la República; PROMULGO la presente Ley, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento. DADA en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veintiún días del mes de marzo del año mil novecientos cuarenta y seis, años 103º de la Independencia, 83º de la Restauración y 16º de la Era de Trujillo. RAFAEL L. TRUJILLO. Resolución Nº 1137, aprobando un contrato de venta de inmueble, suscrito entre el Estado y la señora Esperanza Turull de Baquero.— G. O. Nº 6419, del 30 de Marzo de 1946. EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República NUMERO 1137. VISTO el Inciso 21 del Artículo 33 de la Constitución de la República; VISTO el Contrato suscrito por el Gobierno Dominicano y la señora Esperanza Turull de Baquero, por medio del cual el primero vende a la segunda por la suma de $ 4,000.00 (Cuatro mil pesos), la casa Nº 2 de la calle Arzobispo Meriño, de Ciudad Trujillo, ubicada en un solar propio que tiene una extensión superficial de 302 metros cuadrados y 45 centímetros cua drados, dentro de las colindancias que en el referido acto se determinan, RESUELVE: UNICO: Aprobar, como por la presente Resolución se aprueba, el Contrato suscrito por el Gobierno Dominicano y la señora Esperanza Turull de Baquero, en fecha veinte de febrero del año mil novecientos cuarenta y seis, que copiado a la letra dice así:

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona