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Abriendo la resolución…

Resolución

Resolución 423

CONCEDER AUTORIZACION AL CIUDADANO MANUEL COCCO HIJO PARA QUE PUEDA EJERCER EL CARGO DE VICE-CONSUL DE SUECIA EN LA CIUDAD DE PUERTO PLATA

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
25 may de 1926fecha
Otrastipo
G. O. 3755Gaceta Oficial del 1 ene de 1926
Cámara de Diputadosórgano

Texto

Texto de la norma
LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA REPUBLICA DOMINICANA. G. O. No. 3755. NUMERO 423. Vista la instancia que el Ciudadano Manuel Cocco hijo ha elevado a esta Cámara en fecha 10 de Mayo de 1926; Visto el Informe de la Comisión de Relaciones Exteriores de esta Cámara de fecha 18 del mismo mes; Visto el Art. 22 Apartado 3 de la Constitución Política del Estado. RESUELVE: Art. Unico.— Conceder autorización al Ciudadano Manuel Cocco hijo para que pueda ejercer el cargo de Vice-Cónsul de Suecia en la Ciudad de Puerto Plata. Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, en Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veinte días del mes de Mayo de mil novecientos veintiseis, años 83o. de la Independencia y 63o. de la Restauración. El Presidente, E. Bonetti Burgos. Los Secretarios, Juan de J. Curiel. Ml. R. Castellanos. Ejecútese, comuníquese por las Secretarías de Estado correspondientes, publicándose en todo el territorio de la República, para su conocimiento y cumplimiento. Dado en la Mansión Presidencial, en la Ciudad de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veinticinco días del mes de Mayo del año mil novecientos veintiseis. HORACIO VASQUEZ, Presidente de la República. Refrendado: Ricardo Limardo, Secretario de Estado de lo Interior, Policía, Guerra y Marina. Refrendado: Lic. Rafael Augusto Sánchez, Secretario de Estado de Relaciones Exteriores.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona